¿Es legal dar golpes de Estado en Alemania? Al parecer, sí lo es. O al menos lo es si los golpistas cumplen con determinadas cautelas formales durante el transcurso de su sublevación. No es ironía. Y tampoco retórica efectista. Es, por el contrario, la consecuencia lógica que se desprende de la lectura atenta y desapasionada de ese muy estupefaciente criterio doctrinal que ha inspirado la decisión final de los jueces alemanes. Porque, recuérdese, esa sala de justicia no tenía que pronunciarse sobre si efectivamente se produjo o no una rebelión en Cataluña durante el día de autos. Ese asunto, que es el fondo de la cuestión, no era competencia de los magistrados que han dejado suelto a Puigdemont. De ahí que sobrase, por innecesaria, toda carga probatoria. Porque la misión expresa de los togados no era determinar, insisto, si los hechos que el juez español considera acreditados sucedieron o no en la realidad. Su misión era otra, a saber, la de determinar si habría sido considerado delictivo con arreglo a la legislación de su país que unas conductas similares se hubieran producido dentro del territorio alemán.
Si Trapero hubiese sido el jefe de un cuerpo de policía regional de Baviera, Forn consejero de Interior en el Gobierno del Land de Baviera, Junqueras vicepresidente de la misma Baviera, y Puigdemont máxima autoridad del Estado en ese territorio federal, ¿habría sido delito con arreglo a la legislación federal que todos ellos hubiesen obrado de idéntico modo a como lo hicieron en Barcelona durante el 1 de octubre, así como en las jornadas anteriores y posteriores a esa fecha? Eso y solo eso es lo que tenía que dictaminar esa sala de justicia. Y su respuesta se antoja inequívoca. Desconcertantemente inequívoca. Alucinantemente inequívoca. Tenían que interpretar el Derecho alemán, no el español. Y lo han interpretado. Fruto de esa interpretación, Puigdemont está ahora mismo en la calle. Evidencia fáctica de la que se desprende de modo indubitado que su proceder durante la asonada se ajustaba como anillo al dedo al Derecho… alemán. Suena esperpéntico, pero no cabe extraer conclusión distinta de lo acordado por el Tribunal.
En el país de Kant y de Hegel, no se considera que una sublevación contra el orden constitucional democrático instigada por los mandos directos de una fuerza armada que cuenta con 17.000 efectivos encuadrados en sus filas pueda tener la consideración penal asociada al delito de rebelión (o al equivalente de alta traición), salvo en el muy surrealista supuesto de que los alzados dispusiesen para su intentona de más tanques, más cañones, más misiles, más paracaidistas, más portaaviones, más infantes de marina, más aviones caza y más legionarios que el ejército regular del Estado-nación que ansiaran destruir. Suena estúpido. Y lo es. Pero sobre esa estupidez más enciclopédica que supina se asienta el entramado lógico que subyace tras la excarcelación del Payés Errante. Los ciudadanos alemanes deberían ser conscientes de que, a partir de esa inaudita lectura de su propio Código Penal por parte de unos jueces de Schleswig-Holsteinisches, hechos como los que describe con claridad prístina el auto de Llarena no sólo no son allí punibles, sino que encajan dentro de la más absoluta normalidad civil e institucional germana. La democracia que peligra es la suya, no la nuestra. Qué desastre.