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ANTE EL REFERÉNDUM DEL 20-F

Constitución europea: "No" por principio

En esta primer aproximación a la magna pretendiente no voy a entrar en la dialéctica de artículos dañinos frente a artículos benignos. Advierto de antemano, también, de que no voy a responsabilizar al PSOE de los males de esta Constitución, porque si bien es cierto que este partido ha empeorado notablemente el poder de decisión de los representantes políticos españoles, sería demagógico y del todo injusto juzgar su postura en virtud de una técnica legislativa. Además, después de todo, la propuesta de Constitución es una gran obra socialdemócrata, y suicida sería que el Gobierno la atacara o rechazara por un quítame allá esas pajas.

En esta primer aproximación a la magna pretendiente no voy a entrar en la dialéctica de artículos dañinos frente a artículos benignos. Advierto de antemano, también, de que no voy a responsabilizar al PSOE de los males de esta Constitución, porque si bien es cierto que este partido ha empeorado notablemente el poder de decisión de los representantes políticos españoles, sería demagógico y del todo injusto juzgar su postura en virtud de una técnica legislativa. Además, después de todo, la propuesta de Constitución es una gran obra socialdemócrata, y suicida sería que el Gobierno la atacara o rechazara por un quítame allá esas pajas.
La efigie de Thomas Jefferson, tallada en el Monte Rushmore.
Si hubiese que criticar al Gobierno por estos motivos, ¿qué habría que decir del Partido Popular? Lo justo sería despellejarlo sin piedad analítica –por su apoyo al texto constitucional– y aplaudir a los socialistas, por la exhibición propagandística mediante la cual han logrado convencer a más de un supuesto liberal del partido conservador.
 
En esta ocasión, por lo tanto, tan sólo quiero analizar la capa más superficial, pero ciertamente envolvente, del tratado, o, lo que es lo mismo, el espíritu general del proyecto. En este sentido, el proyecto de Constitución para Europa es realmente un producto de los tiempos que corren, en los que la democracia ha sido endiosada muy por encima de los valores a los cuales tradicionalmente se suponía que servía. La aritmética delante de la justicia o, quizá mas gráficamente, la justicia a los pies de la aritmética. ¿No nos habrán puesto el carro delante de los bueyes?
 
Lo primero que llama la atención a todo lector desprevenido es que la Constitución no comienza declarando que pretende ser un texto a través del cual los ciudadanos europeos se dotan de una unión que ayude a garantizar sus derechos inalienables frente a las agresiones de otros ciudadanos, o frente al uso indiscriminado e imprevisible del poder político. Ni mucho menos. El espíritu que se respira en cada uno de los apartados, pero cuyo postulado explícito se hurtó al ciudadano europeo en las correcciones que dieron lugar al último borrador, hay que buscarlo en una papelera de Bruselas.
 
Esa desaparecida declaración de principios no es otra que la frase de Tucídides que encabezaba el preámbulo del Tratado que algunos pretenden que se convierta en la ley de leyes de la Europa Unida. La inclusión de esta cita era el justo reconocimiento a una idea que constituía el espíritu de toda la obra: una alabanza al método para la detentación del monopolio del uso legal de la violencia que usurpaba el trono que suele reservarse a los límites del poder político. La cita de Tucídides con que comenzaba el texto es desgarradora para todo amante de la libertad individual: "Nuestra Constitución (...) se llama democracia porque el poder no está en manos de unos pocos sino de la mayoría".
 
La Constitución que se precia antes del sistema aritmético de toma de decisiones que del límite del ámbito de las decisiones políticas como salvaguarda de los derechos inherentes del hombre ha muerto como Constitución de hombres libres antes de haber nacido. Y es que una cosa es que en la Constitución se establezca el sistema democrático como sistema de obtención de legitimación del uso del poder coactivo del Estado porque –bajo nuestro actual sistema social– no se haya encontrado o no sea practicable una opción mejor, y otra bien distinta es que se anteponga, aunque sólo sea simbólicamente, el poder de la mayoría a la libertad de cada individuo.
 
Por si había alguna duda, no son los ciudadanos los que crean una Unión –como fue el caso de la fórmula elegida por los redactores de la Constitución de EEUU–, sino que, más bien al contrario, resulta ser la propia Unión (o el texto constitucional) la que, "al instituir la ciudadanía de la Unión y crear un espacio de libertad, seguridad y justicia, sitúa a la persona en el centro de su actuación". O tal vez sean "los pueblos de Europa" los que, "al crear entre sí una unión cada vez más estrecha, han decidido compartir un porvenir pacífico basado en valores comunes". En cualquier caso, entre la Constitución americana y la europea, el individuo ha pasado de sujeto a objeto del edificio constituyente. Del racionalismo moderado al constructivismo social –si se quiere, paternalista– más descarado.
 
Los padres de la Constitución de EEUU, aunque establecieron un sistema democrático para aquella Unión, no perdieron de vista que el carácter democrático no era un fin sino un medio; y, dicho sea de paso, un medio bastante peligroso. Por ejemplo, Thomas Jefferson era consciente de que "una democracia no es otra cosa que regla de la muchedumbre, según la cual el cincuenta y uno por ciento de la gente puede arrebatar los derechos del otro cuarenta y nueve por ciento". Por eso trató de dejar claro en la Constitución que si "la mayoría oprime a un individuo es culpable de un crimen, abusa de su fuerza y quebranta la fundación de la sociedad al actuar en función de la ley del más fuerte". Aunque quizá debió decir "de la ley del más numeroso".
 
Nuestras sociedades pasaron del dogma consistente en que ciertas familias tenían un derecho divino a gobernar sobre el resto al dogma según el cual la mayoría tiene derecho a gobernar sobre la minoría. Puede discutirse si el segundo es en la práctica más o menos opresivo que el primero, pero es indiscutible que, como principio, no es más cierto ni menos tiránico. Por eso, aunque se acepte como instrumento, jamás puede ser el principio rector o inspirador de un tratado constitucional.
 
Lysander Spooner.Obviamente, no hay nada en la naturaleza de las mayorías que insufle justicia en sus decisiones. Las mayorías, de igual forma que las minorías, están formadas por individuos con pasiones, debilidades e intereses que no tienen por qué refrenar por el hecho de pertenecer al grupo mayoritario. Antes bien, si pertenecer a la mayoría legitima de alguna forma sus pretensiones –o, al menos, legaliza sus deseadas actuaciones en sociedad–, sus integrantes podrán dar rienda suelta a sus bajas pasiones.
 
Como estupendamente resumió Lysander Spooner: "No hay ni una partícula de verdad en la noción según la cual la mayoría tiene un derecho a gobernar, o ejercer poder arbitrario, sobre la minoría, simplemente por ser el primer grupo más numeroso que el segundo. Dos hombres no tienen más derecho natural a gobernar a uno que el que uno pueda tener a gobernar a dos". Y es que, como dijera el Padre Juan de Mariana en 1599, el problema de la democracia es que "no se pesan los votos, se cuentan".
 
La Constitución europea confunde el fin con el medio. Se ha puesto el medio en el primer plano, y los fines han sido abandonados a los vientos de la imprecisión más absoluta. Así se deja la puerta abierta a todo tipo de agresiones a los derechos individuales. Si no se cierra, apoyar esa Constitución sería una acción liberticida. Mientras tanto, al amante de la libertad individual le queda expresar su no por principio.
 
 
Gabriel Calzada es el representante para España del CNE.
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