Por supuesto, hay una valoración ética detrás de unos y otros, que la película no esconde, pero es tan burda que ni siquiera vale la pena discutirla. No obstante, se plantea un dilema ético asociado al derecho de propiedad (los nativos salen en defensa de su tierra: o sea, que defienden tal derecho) que ya fue discutido por los economistas con un ejemplo asombrosamente parecido al de la cinta.
En un debate académico que se prolongó por espacio de varios artículos, los profesores Harold Demsetz, de la Universidad de California en Los Ángeles, y Walter Block de la Universidad de Loyola en Nueva Orleans, reflexionaron sobre cuál debería ser el criterio para asignar un derecho de propiedad cuando existen dos usos alternativos e incompatibles entre sí. Ambos autores reflejan dos visiones centrales de la ética económica contemporánea.
Demsetz es un economista utilitarista para quien la justificación de una acción vendrá dada por sus consecuencias; serán positivas aquellas que generen "el mayor beneficio para el mayor número", que diría Jeremy Bentham. Es necesario hacer un cálculo de costos y beneficios, y si éstos superan a los primeros, la acción será correcta.
Nuestro autor plantea el siguiente caso: supongamos que una isla alberga todo el stock conocido de cierto árbol y en ella habita una secta religiosa que veneran ese árbol como si fuera Dios; y que se descubre que dichos árboles contienen una sustancia que puede convertirse en una cura segura del cáncer; y que la secta no está dispuesta a entregarlos por compensación material alguna. Pues bien, Demsetz asignaría el derecho de propiedad de esos árboles a quienes fabricaran la droga contra el cáncer; en todo caso, abogaría por que la secta comprara la inviolabilidad de los mismos. Los derechos de propiedad son, para este autor, instrumentales, y no cree que puedan defenderse de otra forma que por razón de la utilidad.
Block, por el contrario, es un iusnaturalista libertario seguidor de John Locke. Para el filósofo clásico inglés, el derecho de propiedad se origina y encuentra su justificación ética cuando se añade trabajo a un recurso que no tiene propietario. Es decir, alguien descubre un recurso sin dueño y lo posee, generando así un derecho originario que luego podrá transferir a través de contratos o legados.
Con ironía, Block se pregunta, criticando a Demsetz: ¿cómo saber si los árboles son más eficientes como producto medicinal que como objeto de veneración?, ¿y si Dios al final resulta que existe, se enoja mucho por el atropello y condena a la humanidad? Los derechos deben ser respetados per se, sin atender a valoración de eficiencia alguna. Para Block, la eficiencia no prevalece sobre los derechos de propiedad; es al revés: precisamente porque se protegen estos derechos, el mercado alcanza la eficiencia.
Incluso en los propios términos utilitaristas, esa violación del derecho de los nativos no sería eficiente, ya que generaría inseguridad jurídica, pues todo derecho estaría sujeto a una evaluación de costo y beneficio, a cargo de vaya a saber quién. Para Block, el funcionamiento del libre mercado exige que no se emplee la violencia y que se respeten las relaciones establecidas voluntariamente, sin que se entre a considerar las utilidades de determinado acto. El sistema será más eficiente porque se respetarán los derechos.
Probablemente Cameron, motivado por lo políticamente correcto, no hubiera puesto objeciones a que se asociara a los malos de la película con el utilitarismo de Demsetz y la Escuela de Chicago, de la que éste es un prominente representante. Pero lo que parece seguro es que no habría imaginado que el más puro liberalismo le podría proveer argumentos favorables a las posiciones de los avatares.
© Cato Institute
MARTÍN KRAUSE, director del Centro de Investigaciones de Instituciones y Mercados.
En un debate académico que se prolongó por espacio de varios artículos, los profesores Harold Demsetz, de la Universidad de California en Los Ángeles, y Walter Block de la Universidad de Loyola en Nueva Orleans, reflexionaron sobre cuál debería ser el criterio para asignar un derecho de propiedad cuando existen dos usos alternativos e incompatibles entre sí. Ambos autores reflejan dos visiones centrales de la ética económica contemporánea.
Demsetz es un economista utilitarista para quien la justificación de una acción vendrá dada por sus consecuencias; serán positivas aquellas que generen "el mayor beneficio para el mayor número", que diría Jeremy Bentham. Es necesario hacer un cálculo de costos y beneficios, y si éstos superan a los primeros, la acción será correcta.
Nuestro autor plantea el siguiente caso: supongamos que una isla alberga todo el stock conocido de cierto árbol y en ella habita una secta religiosa que veneran ese árbol como si fuera Dios; y que se descubre que dichos árboles contienen una sustancia que puede convertirse en una cura segura del cáncer; y que la secta no está dispuesta a entregarlos por compensación material alguna. Pues bien, Demsetz asignaría el derecho de propiedad de esos árboles a quienes fabricaran la droga contra el cáncer; en todo caso, abogaría por que la secta comprara la inviolabilidad de los mismos. Los derechos de propiedad son, para este autor, instrumentales, y no cree que puedan defenderse de otra forma que por razón de la utilidad.
Block, por el contrario, es un iusnaturalista libertario seguidor de John Locke. Para el filósofo clásico inglés, el derecho de propiedad se origina y encuentra su justificación ética cuando se añade trabajo a un recurso que no tiene propietario. Es decir, alguien descubre un recurso sin dueño y lo posee, generando así un derecho originario que luego podrá transferir a través de contratos o legados.
Con ironía, Block se pregunta, criticando a Demsetz: ¿cómo saber si los árboles son más eficientes como producto medicinal que como objeto de veneración?, ¿y si Dios al final resulta que existe, se enoja mucho por el atropello y condena a la humanidad? Los derechos deben ser respetados per se, sin atender a valoración de eficiencia alguna. Para Block, la eficiencia no prevalece sobre los derechos de propiedad; es al revés: precisamente porque se protegen estos derechos, el mercado alcanza la eficiencia.
Incluso en los propios términos utilitaristas, esa violación del derecho de los nativos no sería eficiente, ya que generaría inseguridad jurídica, pues todo derecho estaría sujeto a una evaluación de costo y beneficio, a cargo de vaya a saber quién. Para Block, el funcionamiento del libre mercado exige que no se emplee la violencia y que se respeten las relaciones establecidas voluntariamente, sin que se entre a considerar las utilidades de determinado acto. El sistema será más eficiente porque se respetarán los derechos.
Probablemente Cameron, motivado por lo políticamente correcto, no hubiera puesto objeciones a que se asociara a los malos de la película con el utilitarismo de Demsetz y la Escuela de Chicago, de la que éste es un prominente representante. Pero lo que parece seguro es que no habría imaginado que el más puro liberalismo le podría proveer argumentos favorables a las posiciones de los avatares.
© Cato Institute
MARTÍN KRAUSE, director del Centro de Investigaciones de Instituciones y Mercados.