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POR "FALTA DE PRUEBAS DETERMINANTES"

Absuelven al profesor de kárate acusado de abusar de cuatro alumnas

Un tribunal presidido por el polémico juez Pedro Martín ha absuelto este jueves, por "falta de pruebas determinantes”, a Francisco C. S., el profesor de kárate acusado de abusar sexualmente de cuatro niñas en dos colegios de Barcelona. Martín asegura haber encontrado diversas contradicciones en las declaraciones de las menores.

L D (EFE) Este juicio generó un debate sobre los protocolos de protección a las víctimas menores de edad, después de que el presidente del tribunal obligara a declarar a las niñas ante su supuesto agresor sin la protección de una mampara.
 
Francisco C. S., para quien la fiscalía solicitaba 19 años de prisión, ha estado dos años en prisión esperando la sentencia. Por lo que hace a Pedro Martín, fue investigado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por dejar en libertad a un violador de dos mujeres –homicida frustrado de una de ellas– un mes antes del juicio. El CGPJ consideró que todo se debía a un "error informático". Tras el juicio en que se condenó al violador a 26 años, Martín se opuso al ingreso de éste en prisión porque la sentencia no era firme.
 
Martín también es recordado por la sentencia en que consideró a un albañil responsable de la tetraplejia que padece tras sufrir un accidente laboral por haber acatado las órdenes de su jefe.

En la sentencia que dictó este jueves se considera probado que Francisco C. S. se desempeñó como profesor de kárate en las escuelas L'Olivera (Cambrils) y Cirera (Mataró). Allí dio clases a las cuatro menores, "no constando probados que mantuviera con ninguna de ellas relación sexual alguna, ni acto alguno de tal naturaleza".
 
Asimismo, el tribunal manifiesta que halló "contradicciones" en las declaraciones efectuadas por las menores durante la fase de instrucción y durante el juicio. No coincidieron en determinar el momento en que supuestamente se realizaron los abusos; además, en el texto se subraya la "razonable inverosimilitud de sus manifestaciones".
 
Así, se dice que las afirmaciones de la niña que declaró por videoconferencia "susceptibles de corroboración externa quedaron contradichas de forma absoluta en el acto del juicio oral", y se hace referencia al informe del Servicio de Pediatría del Hospital de Badalona que señalaba que aquélla presentaba "fuertes conflictos internos", por celos hacia un hermano, que le crean la "necesidad constante de atención por parte de los adultos".
 
En el fallo se destaca la "inexistencia de pruebas" acreditativas, "más allá de toda duda", de que el acusado sea el autor de los supuestos abusos sexuales que le atribuyeron las víctimas, y se deja de manifiesto que, en los cuatro casos, los testigos externos no corroboraron ninguna de las afirmaciones de aquéllas. Asimismo, se dice que no se puede olvidar que, "en refrendo de la falta de pruebas determinantes", ninguno de los presuntos abusos sexuales sufridos por las menores "afectó a las mismas en forma y manera que captaran la atención de sus padres, y que todas ellas superaron sin problemas el respectivo curso escolar".

La letrada de la defensa, Inés Portabella, se mostró muy satisfecha con la sentencia y avanzó que su patrocinado, que está en prisión provisional desde el 5 de julio de 2003, interpondrá, probablemente, una demanda por los daños que se le han causado.
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