Los nuevos populistas aplican sin sonrojo la proclama mussoliniana que Fidel Castro recicló en 1961para anunciar la llegada de un nuevo régimen a Cuba: "Dentro de la revolución todo; contra la revolución, nada". Todo lo justifica la revolución, y si la democracia no se adapta a la revolución, peor para la democracia.
Los líderes populistas atacan el sistema en su punto neurálgico para modificar la estructura del Estado y destrozar, al tiempo, el principio de la supremacía constitucional, probablemente la aportación jurídica más relevante del siglo XX, junto con la internacionalización de los Derechos Humanos.
Una Constitución no es una ley más, que pueda cambiarse con el consentimiento de la mayoría parlamentaria: es la norma suprema que rige el funcionamiento del Estado, y su reforma exige un consenso generalizado de todas las fuerzas políticas. Podemos decir que un cambio de Constitución supone un cambio de régimen, una revolución.
De ahí que no exista peor práctica para la estabilidad social y política de un país que la costumbre de llegar al Gobierno y establecer una nueva Ley Fundamental. En nuestro país tenemos la experiencia del siglo XIX: tuvimos una decena de cambios de Constitución. La historia nos demuestra que, en estas circunstancias, las constituciones pierden su sentido y, privadas de su carácter normativo, se convierten en papel mojado, en colecciones de principios generales sin validez jurídica que sólo sirven para adornar la retórica del líder de turno.
Ajeno a estos planteamientos, el presidente Correa se ha apresurado a aplicar la plantilla bolivariana mediante la convocatoria de una consulta popular que le legitime para disolver el Parlamento actual, en el que no cuenta con apoyos suficientes, y elegir uno nuevo, plenipotenciario, que gobierne y modifique la Constitución.
Esta Asamblea Constituyente, la decimoctava que se celebraría en Ecuador desde 1830, modificaría la Constitución de 1998, elaborada por otra Asamblea Constituyente convocada por la movilización de las fuerzas sociales y que también pretendía modificar radicalmente la política nacional.
Si atendemos a este último proceso constituyente, vemos cómo tomaron parte de él un amplio grupo de fuerzas sociales y políticas, entre las que destacaban la Conaie (Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador), el Pachakutik (Movimiento de Unidad Plurinacional) y la Fenocin (Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas Indígenas y Negros), y cómo unos y otros coincidieron en temas clave, como las reformas políticas necesarias para crear estabilidad política, o en reivindicaciones ya clásicas del bolivarianismo, como el reconocimiento de los derechos colectivos de ciertos grupos, especialmente los de los pueblos indígenas.
La gran mayoría de las decisiones se adoptaron por un consenso mayoritario (por unanimidad o con el respaldo de dos tercios de la Asamblea), y sólo algunas, las relativas al sistema político y al papel del Estado en la economía, se aprobaron por mayoría simple. Si existió un acuerdo generalizado hace ocho años, ¿para qué cambiarlo?
El segundo problema de esta costumbre tiene que ver con el proceso de elaboración de un texto nuevo. Cuando se pretende sustituir una Constitución por una nueva se inicia un proceso constituyente. El pueblo se convierte en protagonista principal de la democracia, es el poder constituyente, y otorga todo el poder a una Asamblea, que se encarga de la elaboración del nuevo texto.
Se trata de un periodo excepcional, transitorio, en el que la jerarquía institucional queda temporalmente suspendida y las instituciones quedan sometidas a la Asamblea, hasta que ésta realice su misión. Esto provoca que los procesos constituyentes generen inestabilidad y lleven la parálisis al país en cuestión, pues no se pueden tomar decisiones mientras se alteran las normas básicas de funcionamiento del Estado.
El pueblo, convertido en poder constituyente, deja de estar sometido a las normas durante el proceso de elaboración de la Ley Fundamental, pero la demagogia de los gobernantes y la devaluación del texto constitucional prolonga este sentimiento de omnipotencia más allá del periodo constituyente. La población se siente portadora de un sentimiento de poder ilimitado, sin sometimiento alguno a leyes e instituciones, y esto es tremendamente peligroso para la democracia. La batalla campal que se ha celebrado en Cochabamaba en los últimos días es un buen ejemplo de ello.
Para evitar esto es necesario que tanto el poder constituyente, el pueblo, como su representante, la Asamblea Constituyente, limiten su actuación a la elaboración de una nueva Constitución, como ocurrió en el propio Ecuador en 1997. De ahí que sea un tremendo error prescindir del Poder Legislativo, al que la Constitución ecuatoriana del 98, en sus artículos 281 y 282, atribuye la reforma de la Constitución, para proponer una consulta que provocará su disolución y la elección de una nueva Asamblea, que no se limitará a aprobar una nueva Ley Fundamental, sino que, investida de plenos poderes, tratará de reorganizar todas las instancias de poder, incluyendo a los altos funcionarios del Estado, como los miembros del Tribunal Supremo Electoral, sin renunciar al ejercicio de las competencias legislativas, por lo que podrá emitir leyes, decretos e incluso los Presupuestos del Estado. No hay duda alguna de que prolongará su labor más allá de la aprobación de la Constitución.
Por último, es necesario analizar la necesidad del cambio. La Constitución de 1998 fue reconocida como una reforma de consenso que hizo realidad un amplio reconocimiento de derechos, alabado por todos, y un nuevo planteamiento de la situación pluricultural, pues reconocó derechos colectivos a los pueblos indígenas y a los negros.
Aunque recibió algunas críticas, por no introducir más mecanismos participativos que los de las juntas parroquiales y dejar pendiente la cuestión de la descentralización, existía un consenso sobre su carácter integrador y su legitimidad. Sin embargo, ahora se anuncia la transformación de la estructura jurídica y del sistema de representatividad ciudadana, lo que, siguiendo el esquema bolivariano, se traducirá en un reforzamiento de los poderes del presidente y en la creación de una suerte de milicia popular de fieles al servicio de éste.
Pero el argumento fundamental esgrimido para realizar la consulta es la necesidad de modificar el "carácter patrimonialista y corporativista" de la Constitución vigente. En este sentido, aunque el poder constituyente es sólo del pueblo, Correa ya ha anunciado que impulsará un modelo económico de corte socialista. Según Correa y sus asesores, el gran problema de la Constitución del 98 es su marcado énfasis privatista, pues se barrenó el concepto de propiedad exclusiva del Estado dentro del sector público de la economía eliminado los mecanismos de presencia del sector público en la producción y la comercialización.
Sorprende que un economista que presume de haberse formado en Estados Unidos ignore que, como ha recordado recientemente Carlos Alberto Montaner, "nadie tiene la menor duda de que el Estado-empresario es el camino más directo para empobrecer a los pueblos, retrasar su desarrollo tecnológico, corromper aún más al estamento político y envilecer las relaciones entre los electores y los partidos".
No sabemos que será más perjudicial para Ecuador, la inestabilidad provocada por el cambio constitucional constante o las nuevas medidas económicas de corte socialista. De lo que estamos seguros es de que, una vez más, serán los ecuatorianos los que pagarán las consecuencias de tanta "ilustración" revolucionaria.
RAFAEL RUBIO, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid.