En un auto que contradice la misma esencia de la Audiencia Nacional, el juez Santiago Pedraz ha archivado la causa abierta contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por sus comentarios impresentables sobre de las víctimas del terrorismo. Pasando por alto las verdaderas razones que impulsaron la querella de la asociación Dignidad y Justicia, el magistrado ha dado carpetazo a este asunto aludiendo a la ausencia de "una conducta especialmente perversa" en los comentarios del concejal de extrema izquierda, que, según Pedraz, fueron realizados únicamente con el ánimo de hacer una broma.
Lo primero que llama la atención de este auto es que el juez sea capaz de interpretar el ánimo con el que el acusado realizó dichos comentarios sin tan siquiera llamarlo a declarar. Pedraz hace un juicio de intenciones favorable al concejal de la marca madrileña de Podemos, según el cual enviar a Irene Villa al cementerio donde están enterradas las niñas de Alcácer –violadas y asesinadas– para "buscar repuestos" es un ejercicio legítimo de la libertad de expresión de un político que "el legislador no va a amordazar".
A Pedraz, en tanto que representante de la Justicia, no se le pide que interprete el universo emocional de los concejales madrileños de extrema izquierda, sino simplemente que aplique la ley. Y el Código Penal es claro en su artículo 578 cuando condena con penas de entre uno y dos años de prisión los "actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares". Los comentarios de Zapata sobre las víctimas de las mayores atrocidades que hemos vivido en España, sea cual sea el ánimo con el que se hicieron, es evidente que forman parte de los supuestos ilícitos castigados por la norma que el juez Pedraz se ha saltado a la torera, con todas sus consecuencias.
Así las cosas, resulta impropio en términos jurídicos y ridículo como argumento lógico que Pedraz saque a colación un escrito de Irene Villa en el que ésta manifiesta que no se siente humillada por los ataques brutales de este concejal madrileño. En este punto, lo que opine Irene Villa carece de relevancia en términos penales. Si se siente humillada o no es una cuestión privada que en nada afecta a las consecuencias de acciones que, objetivamente, suponen un menosprecio de su sufrimiento y del de centenares de víctimas de la barbarie etarra, así como del sufrimiento de los familiares de las niñas de Alcácer.
Pero el juez de la Audiencia Nacional ha ido todavía más allá en su falta de criterio jurídico, al destacar en su auto de sobreseimiento que nunca se ha incoado una causa similar a pesar de los miles de chistes similares que circulan por la red. El argumento no puede ser más grotesco: como si el hecho de que un delito tipificado en las leyes esté inédito en nuestra historia judicial fuera un eximente que pueda permitir a sus autores salir impunes de su comisión. Pues eso precisamente es lo que razona Pedraz en un auto lamentable que, con buen criterio, la asociación de víctimas del terrorismo que preside Daniel Portero ha decidido recurrir.
Es de esperar que el Tribunal Supremo actúe con racionalidad en este asunto y propine un soberano varapalo jurídico al célebre Pedraz, autor de una decisión injustificable que envía a la basura los principios que justificaron precisamente la creación de ese órgano judicial.