La información ha de ser contrastada, no censurada
De la misma forma que la democracia no garantiza el gobierno de los mejores, ninguna censura previa puede garantizar las informaciones veraces.
Alberto Ruiz Gallardón parece que ha querido desmarcarse este miércoles de la propuesta de la nueva ley procesal penal, elaborada por un grupo de expertos designados por el propio ministro de Justicia, que prevé, por primera vez en el ordenamiento jurídico español, que el juez, de oficio o a instancia del fiscal, pueda ordenar a un medio de comunicación el cese de la difusión de noticias sobre un proceso judicial bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidades penales.
Por mucho que el ministro diga ahora tajantemente que "en ningún caso se adoptará ninguna medida limitadora de la libertad de expresión", lo cierto es que semejante atropello a la libertad de expresión y al derecho a la información aparece en el documento elaborado por esos expertos, que, efectivamente, proponen que el juez y el fiscal puedan ordenar el cese de informaciones relativas a un proceso judicial durante la fase de instrucción, incluso durante el juicio oral. Es más: fue el propio Gallardón el que, un día antes, a la salida de un foro celebrado en la Asociación de la Prensa de Madrid, avalaba esas pretensiones liberticidas con el peregrino argumento de "lo preocupante que resulta que la resolución adoptada por un juez o un jurado popular pueda verse condicionada como consecuencia del prejuicio formado en la opinión pública durante la instrucción sumarial o la celebración del juicio".
Naturalmente que es preocupante que un juez pueda dejarse condicionar o influir por un prejuicio formado en la opinión pública. Pero en caso de que un juez no tenga la probidad profesional de ceñirse exclusivamente a las pruebas y a los hechos demostrados en sede judicial para dictar sentencia, contra quien hay que proceder es contra el juez, no contra quien en su libertad de expresión ha emitido un juicio paralelo. Los prejuicios podrán ser acertados o equivocados, pero todos son y deben seguir siendo libres, salvo que queramos concederles a algunos de ellos capacidad de censura. De la misma forma que la democracia no garantiza el gobierno de los mejores, ninguna censura previa puede garantizar las informaciones veraces.
No hay que olvidar, por otra parte, que si un medio de comunicación no respeta la presunción de inocencia de un ciudadano ya existen cauces legales para proceder contra él, como también existen cauces para proceder contra quien utilice la libertad de expresión y de información para agredir sin justificación alguna el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen o la infancia. Pero lo que no se puede es dar amparo legal a la prohibición de la difusión de informaciones a modo preventivo, sobre el prejuicio –ese sí– de que con ellas se incurriría en delitos que no ampara la libertad de expresión.
Tampoco se debería confundir la liberticida propuesta de los expertos de Gallardón con las normas relativas al secreto del sumario que ya contempla nuestro ordenamiento jurídico: una cosa es esta excepción a la publicidad de las actuaciones judiciales que la Constitución consagra, y con la que se pretende dar cobertura al juez para que realice sus investigaciones al margen de la vista de los implicados y para impedir que desaparezcan las pruebas del delito, y otra muy distinta vetar la información periodística a espera de sentencia.
No hay que olvidar, finalmente, que muchas de las grandes revelaciones del periodismo fueron fruto de informaciones sumariales e investigaciones propias de un pequeño grupo de periodistas, que luego fueron incorporadas a diligencias judiciales. Recordemos Ibercorp, Marbella, Gal, Fondos Reservados, Escuchas del Cesid, Filesa…¿Acaso estas informaciones, que a tantos les hubiera gustado ver censuradas, constituyeron un obstáculo para el buen funcionamiento de la Justicia?
Veremos en qué queda este proyecto de código procesal penal, que será remitido al Consejo de Ministros el próximo mes de octubre. Pero por ahora apesta a censura. Ya es lamentable la falta de independencia del poder judicial respecto del poder político. Sólo faltaría que este tándem también pretenda someter al llamado cuarto poder por medio de la mordaza.
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