...A pesar de lo cual sigue estableciéndose por ley (viciada de origen) que una instancia administrativa puede arrogarse el derecho de ejecutar unas acciones que están constitucionalmente restringidas al poder judicial.
O, dicho de otro modo: la SS es sencillamente inconstitucional ("la SS" es "la Sección Segunda", ya que así la denominaba la ley Sinde original).
Un saludo.
Como si a la administración le importasen los "derechos fundamentales".
Fíate y no corras, dicen por ahí.