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EDITORIAL

¿Van a resucitar a Montesquieu?

Advertimos, no obstante, que esta saludable reforma podría quedar coja si la autonomía que concede a jueces y magistrados para designar a la mayoría de los miembros del CGPJ no alcanza también a la elección de los miembros del Tribunal Constitucional.

"Toda sociedad en la que no se encuentre asegurada la garantía de los derechos ni establecida la separación de poderes carece de Constitución". Pocas aseveraciones rinden tanto homenaje a Locke y Montesquieu y son tan categóricas en su defensa del principio de separación de poderes que la que se encuentra en este artículo XVI de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano. Si la traemos hoy a colación es para destacar la importancia y la bienvenida que concedemos a la noticia según la cual el Gobierno parece decidido a recuperar en buena medida la separación de poderes mediante el restablecimiento de la fórmula de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial que existía hasta 1985.

Hasta entonces la mayoría de los miembros del CGPJ –doce de veinte- eran elegidos por los propios jueces y magistrados, mientras que el resto lo designaban las Cortes Generales –cuatro, el Congreso y cuatro, el Senado. La cosa cambió, sin embargo, a partir de la bochornosa reforma de la Ley Orgánica del CGPJ llevada a cabo por el omnipotente Gobierno de Felipe González, que, bajo la proclama guerrista de "Montesquieu ha muerto", estableció que los veinte miembros del órgano de gobierno del Poder Judicial pasaran a ser elegidos en su totalidad por el Poder Legislativo.

Desde entonces la politización de la Justicia es una de las principales quiebras que sufre nuestra nación entendida como Estado de Derecho. Y es que, tal y como se temía la sentencia 108/1986 del Tribunal Constitucional, que, no obstante, consintió esa bochornosa reforma, el "riesgo de que las Cámaras atiendan sólo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyan los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de éstos" se ha convertido en una lamentable y previsible realidad.

Muy bien está, por consiguiente, el restablecimiento de un auténtico sistema de contrapoderes que reste al Poder Legislativo capacidad de nombramiento de los miembros del Poder Judicial, así como la recuperación de recurso previo de inconstitucionalidad para los estatutos de autonomía, también anunciado por la vicepresidenta del Gobierno.

Hemos de advertir, no obstante, que esta saludable reforma podría quedar coja hasta el extremo de constituir una auténtica farsa si la autonomía que concede a jueces y magistrados para designar a la mayoría de los miembros de su órgano de gobierno no alcanza también a la elección de los miembros de nuestros más altos tribunales. En este sentido, de poco servirá que sean los propios jueces y magistrados los que elijan a la mayoría de los integrantes del CGPJ si luego estos sólo pueden elegir a 2 de los 12 miembros del Tribunal Constitucional, mientras que el resto es elegido por las Cortes –cuatro, el Senado y cuatro, el Congreso- y el propio Ejecutivo, otros dos.

Confiemos, pues, en que el Gobierno del PP no pretenda resucitar "a medias" a Montesquieu y que sea consciente de hasta qué punto la propia Constitución queda en papel mojado si el Tribunal Constitucional sigue constituido como mera y obediente prolongación del poder político.

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