Punt:
Le respondo a sus últimos comentarios, en éste y el otro artículo, donde me aludía.
Está claro que en lo fundamental estamos de acuerdo, aunque nos hayamos enredado un poco en discutir si son galgos o podencos
Como bien dice, la solución es defender a capa y espada el respeto a los derechos y libertades individuales. Le cito: “Como la igualdad a respetar es "ante la ley", sólo la propia Ley y sus representantes (los funcionarios) deberán respetar dicha igualdad arriesgándose a incurrir en ilícitos penales caso de no hacerlo”… “Los particulares, en cambio, tendrán garantizado el derecho a utilizar el criterio que prefieran en su trato con los demás: como no son "la Ley" ni la representan, el trato no igualitario no podrá tener relevancia penal (salvo que se lleve al extremo de delinquir contra el discriminado)”…”Al final todo se reduce a respetar y hacer respetar los derechos y libertades individuales y la igualdad ante la Ley. El ilícito social de que un particular discrimine tendrá su castigo social en forma de rechazo y crítica. El ilícito legal de que una Ley o un representante de la Ley discriminen tendrá su castigo legal en forma de condena penal”. Eso es el meollo de lo que quería decir y en lo que estamos por completo de acuerdo, no lo releguemos perdidos en baldías discusiones nominalistas.
Es indudable que la segunda acepción de “discriminar” expresa una idea cargada de connotaciones muy negativas que se aplica en marcos diferentes. Que se trate de diferencias esenciales o relativas es cuestión erudita en la que, admito, bien pudiera usted tener razón, pero que trasciende el tema. Y el tema es, creo que vamos a estar de acuerdo, que el totalitarismo socialista no reconoce NINGUNA diferencia entre dichos marcos. Puede que sean diferencias relativas y no fundamentales como para llevarlas al diccionario de la RAE, vale, puede que tenga usted razón, pero tales diferencias existen y son las que soslaya cínicamente la Ley Patín; por eso yo me empeñé en enfatizarlas hasta el punto de negar que un ciudadano pueda discriminar, siendo potestad exclusiva del funcionario. Véalo más como un recurso expresivo, como una técnica de marketing político (impactar para llamar la atención sobre un aspecto), que como un análisis riguroso que tampoco viene al caso.
En resumidas cuentas, la Ley Patín niega cualquier diferencia entre la discriminación del funcionario y del particular (en realidad, para ella sólo el ciudadano puede discriminar, puesto que el funcionario es infalible al estar investido por la gracia del Estado); yo me fui al otro extremo diferenciando ambas actitudes radicalmente; usted “contemporizó” ambas posturas desde el análisis lingüístico. Bien, puede que en lo suyo tenga razón, pero yo estaba haciendo análisis político y mi objetivo era destacar un aspecto concreto llamando la atención sobre él, aun a riesgo de parecer que manipulaba el lenguaje.
Por mi parte, creo que ya lo he dicho todo. No sé si usted tendrá algo más que añadir pero diría que podemos dar por zanjado el debate. En cualquier caso he tenido mucho gusto en intercambiar opiniones con alguien cortés y razonable.
Un saludo.
[berdonio] Le he dado una respuesta más larga en el otro artículo en el que sostenemos esta conversación, de modo que no me pondré aquí a repetir lo ya dicho.
Su primer párrafo es curioso, ya que plantea la similitud entre "discriminar" y "atravesar de un salto" (no pongo objeciones, ya que es una metáfora). Lo que me extraña es que, según su propia metáfora, el equivalente de afirmar que sólo los poderes públicos pueden "discriminar" pero no los particulares es afirmar que sólo quienes sean capaces de cruzar de un salto el estrecho pueden "cruzar de un salto", pero los que no corramos tanto, no.
La verdad, yo me creo capaz de "cruzar de un salto" muchos obstáculos de una escala similar a la mía, del mismo modo que me creo capaz de "discriminar" también con mis limitaciones.
Por otra parte, se empeña vd. en que la RAE debe atender sólo a criterios penales pero no morales. ¿Y por qué no va a atender a criterios morales? Por ejemplo, ahora mismo el adulterio no tiene relevancia penal, aunque sí moral. ¿aboga vd. por abolir el término? Confío en que no, ya que el concepto sigue existiendo y, como tal, necesita de un término que lo describa.
Finalmente (más o menos) afirma vd. que un particular sólo puede discriminar conforme la primera acepción mientras que un funcionario o administración pueden discriminar conforme la segunda, de lo que me pregunta: "¿Está usted de acuerdo? Si no está conforme, no entiendo por qué se opone a la Ley Pajín. Si lo está, no entiendo por qué se niega a explicitar tal realidad en lo semántico y, sobre todo, se empeña en que, insisto, esa REALIDAD sea el consecuente de una definición previa."
Pues sepa que no estoy conforme y sí me opongo a la Ley Pajín.
Me opongo porque un particular no tiene su libertad limitada a acometer acciones legítimas, de modo que su capacidad discriminatoria no está limitada a la primera acepción. Vd. asume que la segunda acepción lleva implícita la condena penal, pero eso es precisamente lo que niego yo: se limita a describir un acto y sus motivaciones, pero no sus consecuencias. Por ejemplo, al evacuar un barco que se hunde, los hombres discriminan diciendo "las mujeres y los niños primero", lo cual es un acto de gallardía, en absoluto condenable.
Y al mismo tiempo me opongo a la Ley Pajín, pero no porque tome como pretexto la discriminación (otras leyes Pajín o similares son iguales o peores y tienen pretextos distintos) sino porque pisotea los derechos y libertades individuales y porque viola el mandato constitucional que obliga a tratar a todos como iguales ante la Ley. Por definición la Ley que persigue la "igualación", viola la "igualdad".
Como ve, no hago el juego a los socialistas. Me limito a defender lo troncal sin dejarme torear por lo accesorio. Y alterar el lenguaje atendiendo a los criterios de los socialistas (sea para adaptarlo a favor de su ideología, sea para hacerlo en contra) sí es hacerles el juego, puesto que legitima la manipulación del lenguaje con fines ideológicos, que es una de sus herramientas favoritas de ingeniería social.
Al final, lo mejor es negarse a embarrar el campo y enrocarse en que las palabras signifiquen lo que significan, rechazando toda manipulación. Y así, establecido un marco donde no tengan cabida las ambigüedades, defender lo principal: los derechos y libertades individuales y la igualdad ante la Ley.
Un saludo.
Punt:
No puedo negar a nadie la libertad de elegir discriminar o no, en la misma medida que tampoco puedo negarle a usted, por ejemplo, la libertad de atravesar de un salto el estrecho de Gibraltar. Pero eso no significa que pueda usted dar semejante brinco por mucha carrerilla que tome.
A menos que goce usted del poder de arbitrar recursos públicos o resoluciones oficiales, no me podrá discriminar en el sentido peyorativo (2ª acepción) por mucho que se empeñe. Si, pongamos por caso, fuera usted un empresario privado y me negara trabajo, me estaría discriminando en el sentido legítimo (1ª acepción) con absoluta independencia de las motivaciones que tuviera. Así como un particular puede, y sólo puede, seleccionar excluyendo con plena licitud (jurídica, no entro en cuestiones morales), un funcionario, en el uso de sus atribuciones, no: siempre que lo haga será un abuso. ¿Está usted de acuerdo? Si no está conforme, no entiendo por qué se opone a la Ley Pajín. Si lo está, no entiendo por qué se niega a explicitar tal realidad en lo semántico y, sobre todo, se empeña en que, insisto, esa REALIDAD sea el consecuente de una definición previa. Que sea suficiente con definir una palabra para dar lugar a hechos tangibles se parece bastante a la magia potagia. ¿Cree usted que tengo esos poderes?
Por eso el "berdoniés" es más preciso que el español: se ajusta más y mejor a la realidad. El lenguaje sirve para reflejar la realidad y no a la inversa como pretenden los socialistas. Y le ruego que no confunda las tradiciones (conocimiento disperso susceptible de sistematización) con las “pontificaciones” de una RAE que, como he demostrado, no es infalible.
Gracias por sus críticas y observaciones; nada hay tan constructivo como unas objeciones inteligentes, y las suyas lo son.
Gran exposición la suya de cómo es el "berdoniés", que no el Español.
Sobre todo la parte donde dice "Da igual lo que diga la RAE. Las acepciones correctas de “discriminar” son:", que es justo donde vd. se declara a sí mismo depositario único de la Verdad Absoluta, y como tal no ligado a absurdas tradiciones según las cuales unas determinadas palabras significan unas determinadas cosas y no otras.
¡Menos mal! Ahora sabemos que la Verdad no pertenece a Pajín sino a berdonio.
Bromas aparte, afortunadamente aquí la mayoría hablamos español, lengua común que, entendida en sus propios términos, sirve para comunicar conceptos precisos. Si no, menudo lío, teniendo cada cual que definir continuamente cada palabra que usa para que todos entiendan qué queremos decir y qué no...
Porque a eso le llamaban Babel, ¿no?
Un saludo.
PD: El razonamiento que expone parte de definir como axioma un cambio en el significado de las palabras, por mucho que ponga el consecuente antes del antecedente, de modo que sí puede considerarse "arrogancia o boutade" y no "adecuada corrección".
Así, diga vd. lo que diga, discriminar seguirá significando en su segunda acepción: "Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.", por mucho que vd., en su "diccionario de berdoniés", seleccione como ámbito exclusivo de aplicación del término a los poderes públicos discriminando a las personas físicas y entidades privadas, a las que excluye de la definición.
Curioso... Dice defender la libertad, pero resulta que nos niega vd. la libertad para elegir discriminar o no.
A qué extremos están llegando, ¿verdad? Cuando aparece una fisura en el Estado de Derecho, por ahí se cuela todo; no digamos ya en el boquete que han abierto estos criminales. Las “leyes” absurdas como ésta tienen un claro propósito: crear un poder estatal omnímodo frente al que nadie tenga ningún derecho. Cualquiera podrá ser condenado en cualquier momento por díscolo y desafecto. Cualquiera podrá ser condenado y eliminado si el Estado lo decide. Sin motivo. Sin más.
Pero promulgar una “ley” de Persecución y Eliminación del Disidente no queda bonito si la sociedad no está debidamente “concienciada” aún. No hay problema, basta con maquillar la cosa con eufemismos y tergiversaciones. Basta con manipular debidamente el significado de una palabra con muy negativas connotaciones. Por ejemplo, “discriminar”.
Todo el mundo asocia discriminación a injusticia. En este sentido, nos discriminan cuando nos niegan en particular un derecho general. Pero, si nacemos en pelotas ¿a qué tenemos derecho? En lo material está bien claro: somos dueños de nosotros mismos y de nuestra extensión en el mundo físico, es decir, los recursos naturales no transformados por nadie, lo que hemos producido, descubierto o intercambiado y lo que nos han donado libremente. Se acabó. Tenemos también derecho, naturalmente, a ser libres, o sea, a que nadie inicie la coacción sobre nosotros, a no ser agredidos de ninguna manera. Por tanto, el único derecho común o general –no privativo- que nos pueden negar es la libertad, o su corolario, la igualdad ante la ley. En este sentido, el único que puede discriminar es el Estado.
La voz “discriminar” tiene también una acepción no peyorativa, la de seleccionar excluyendo. En este sentido, todos discriminamos siempre. En el ámbito privado, es natural y necesario que así sea. Escogemos, favorecemos y perjudicamos a nuestros semejantes, haciendo uso de nuestra libertad y legítima propiedad, en función de los más variados e insólitos criterios. Incluso podemos considerar inferior a otra persona y tratarla con singular desprecio, pero NO LA ESTAREMOS DISCRIMINANDO. Como mucho, y siempre y cuando la violentemos de manera objetiva (cualquier causa por la que un juez dictaría condena en un régimen normal), la estaremos injuriando y proporcionando un buen atenuante o eximente para que tome represalias.
Da igual lo que diga la RAE. Las acepciones correctas de “discriminar” son:
1º Seleccionar excluyendo
2º Negar de hecho la absoluta igualdad ante la ley o cualquier acción de los poderes públicos que suponga un agravio comparativo, especialmente por razón de sexo, raza, lengua o religión.
De este modo queda claro que un particular no puede discriminar en un sentido penalmente perseguible ni políticamente censurable. Aunque sí moralmente reprobable, desde luego.
Esto no es una arrogancia ni una “boutade”, sino una adecuada corrección, como lo demuestra el razonamiento expuesto.
[berdonio] No creo que tenga apenas nada más que añadir a lo ya dicho.
Así pues, el acto en sí de discriminar (en su 2ª acepción, es decir, con criterio ilegítimo e injusto) es el mismo tanto si lo hace un particular, la Ley (tal vez sería más propio decir "el legislador") o un funcionario, que es quien la representa.
Por el contrario, las consecuencias de ese acto deben ser diferentes según se trate de un particular, un funcionario o la Ley: el particular debe ver respetados sus derechos y libertades, mientras que la Ley y el funcionario deben respetar escrupulosamente derechos y libertades ajenas porque están sometidos a un mandato constitucional (garantizar la "igualdad ante la Ley") al que no están sometidos los particulares.
De modo que el problema de la ley Pajín y de tantas otras provenientes de este (des)gobierno es que son absolutamente totalitarias: en lugar de respetar los derechos y libertades de los ciudadanos, entran como elefante en cacharrería a reglamentar qué decisiones debe tomar cada uno en su vida diaria, en su ámbito particular y privado, dando relevancia penal a lo que no es más que expresión de la libertad individual.
Que quede bien claro: criminalizar la libertad es cosa de dictadores totalitarios...
...como los que nos desgobiernan.
Un saludo.