Escenario:
Tenemos un servicio de control aéreo liberalizado con varias compañías que ejercen el control en las diferentes áreas designadas por AENA. En ellos, controladores hacen las labores propias. En éstas, una compñía con preponderancia que copa del orden del 40% de los puestos, se pone a tocarles las pelotas a sus empleados controladores y estos, se despiden de un día para otro renunciando al finiquito.
Hale, ¡vamos a resolver esta situación! Ah no, que los controladores ya no son malos extersionadores pertenecientes a un gremio; ah no, que no podemos decir que han abandonado su puesto de trabajo. Anda que qué bien se vive en el mundo ideal...
El problema del estado de alarma es éste:
Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas,
guardé silencio,
porque yo no era comunista,
Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
porque yo no era socialdemócrata,
Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
porque yo no era sindicalista,
Cuando vinieron a llevarse a los judíos,
no protesté,
porque yo no era judío,
Cuando vinieron a buscarme,
no había nadie más que pudiera protestar.
La militarización tampoco garantiza la normalidad. En cuanto los tribunales comiencen a decretar los correspondientes procesamientos, los controladores quedarán suspendidos en sus funciones. Entonces les dará todo igual. Y además los controladores no afectados por las sanciones se están pensando renunciar a su puesto de trabajo. De todas formas esos trabajadores hasta el día 3 de diciembre sólo se les puede culpar de defender sus legítimos intereses económicos. ¿Monopolio? También lo tenía Teléfonica hasta mediados-finales de los 90 y nos imponía tarifa abusivas. Es la ley de la oferta y la demanda.
Los viejos controladores, que hace muchos años se sacaron las oposiciones, además de tener que superar oposiciones mucho más duras que las de hoy, tenían que estar un año haciendo prácticas con un sueldo de prácticas.
La militarización tampoco garantiza la normalidad. En cuanto los tribunales comiencen a decretar los correspondientes procesamientos, los controladores quedarán suspendidos en sus funciones. Entonces les dará todo igual. Y además los controladores no afectados por las sanciones se están pensando renunciar a su puesto de trabajo. De todas formas esos trabajadores hasta el día 3 de diciembre sólo se les puede culpar de defender sus legítimos intereses económicos. ¿Monopolio? También lo tenía Teléfonica hasta mediados-finales de los 90 y nos imponía tarifa abusivas. Es la ley de la oferta y la demanda.
Los viejos controladores, que hace muchos años se sacaron las oposiciones, además de tener que superar oposiciones mucho más duras que las de hoy, tenían que estar un año haciendo prácticas con un sueldo de prácticas.
Se ha desatado en algunos una furia inquisitorial contra los controladores –y quienes no apoyan la caza de brujas- que raya lo delirante. ¡Cuánto exceso verbal! En realidad, parece una especie de andanadas reactivas a la desesperada, como quien a cada nueva pérdida en la ruleta responde apostando el doble en un afán por recuperarse (en un juego de azar tal estrategia no aumenta ni disminuye las posibilidades, pero en uno de habilidad es suicida)
La prórroga del estado de alarma es, en efecto, el reconocimiento más claro del desastre de este Gobierno, pero precisamente por ser una proclamación fascista.
Me permitiré señalar al articulista, con toda soberbia (vicio privado, virtud pública), que parece no saber lo que es un Estado de Derecho ni la libertad. La ley no es un medio para obligar, en sentido estricto, genéricamente a otros a prestarnos un servicio aunque se hubieran comprometido a ello, salvo que del incumplimiento se derivaran irreparables daños personales directos o en el propio contrato se hiciera expresa tal eventualidad (cuestión no exenta de discusión). Lo cierto es que en un contrato tipo uno no firma que hará tal o cual cosa y si no que le corten la cabeza; es más, creo que algo así es en legislación positiva nulo de pleno derecho. Me atrevería a afirmar que en el contrato laboral de los controladores no figura ninguna cláusula que les obligue a trabajar so pena de cárcel; lo habitual es que el informal deba, eso sí, hacer frente a las indemnizaciones correspondientes y a la pérdida de sus derechos contractuales. Nada más. Algo muy diferente a ser lícito esclavizarlo para que cumpla lo que no ha prometido (es decir, tener que trabajar a toda costa)
Prueba de lo que digo es que, como el articulista reconoce, con las potestades legales ordinarias no se podía obligar a los trabajadores a reincorporarse a sus puestos. Luego, no estaban violando ninguna ley, no estaban cometiendo ningún delito -ni siquiera el del artículo 409 del CP (penado con multa), pues no se trata de funcionarios. Es de cajón. Siendo imposible la espontánea resolución del problema al no existir un libre mercado, el gobierno ha cometido una ilegalidad, con lo que resulta peor el remedio que la enfermedad.
El gobierno ha cometido una ilegalidad porque ante una manifiesta ambigüedad de la ley (en realidad ni siquiera hay tal: no se podía hacer) no procede la interpretación restrictiva de derechos fundamentales. Ha optado por que el fin justifica los medios y eso tiene un nombre: fascismo.
El articulista demuestra no saber lo que es la libertad cuando sugiere que se ha violado la libertad de tráfico aéreo. Léase si quiere a Isaiah Berlin y su famosa distinción entre libertad positiva y negativa, porque no seré yo quien pierda el tiempo explicándole cuestiones tan básicas.
Nadie discute que las retribuciones de los controladores sean ilegítimas por, como bien se dice, ser fruto de coactivas restricciones al mercado, pero este hecho no puede criminalizarlos ni propiciar su linchamiento público. Pero cuando ya termina de írsele del todo la olla al articulista es con su “boutade” a propósito del carácter preventivo del estado de alarma. Se infiere que a este señor le parecería legítimo meter en la cárcel a alguien si se sospecha que puede cometer un delito o, no sé, declarar un toque de queda a las siete de la tarde, por decir algo. El carácter disuasorio de la pena al que se hace referencia radica en que ésta todavía no se ha aplicado, el estado de alarma ya está en vigor.
Yo mismo puedo apoyar una guerra preventiva, pero sucede que el Estado no puede declarar la guerra a sus ciudadanos, ni siquiera a una parte.