Adiós, inspectores
A partir de ahora, los padres se postulan como los verdaderos inspectores del sistema escolar para que la sentencia del Supremo, de verdad y en la práctica, pueda cumplirse.
La polémica por las sentencias del Supremo sobre los cuatro casos examinados de tres familias asturianas y una andaluza que alegaron objeción de conciencia para que sus hijos no fueran obligados a cursar Educación para la Ciudadanía sigue abierta. Temo que los magistrados, en su afán equilibrista para no desautorizar la pretensión del Gobierno pero a la vez no hacer el ridículo jurídico, no fueron conscientes, en la vorágine de esos tres intensos días de debates del Pleno, de la bomba de relojería que acababan de dar a luz.
Dice la sentencia a propósito del caso andaluz que
los contenidos que asignan esas disposiciones generales a la materia Educación para la Ciudadanía han de experimentar ulteriores concreciones a través del proyecto educativo de cada centro y de los textos que se utilicen, así, como, obviamente, de la manera en que se expongan. Proyectos, textos y explicaciones deben moverse en el marco que hemos trazado de manera que (...) de ningún modo, se deslicen en el adoctrinamiento por prescindir de laobjetividad, exposición crítica y del respeto al pluralismo imprescindibles. (...) Cuando proyectos, textos o explicaciones incurran en tales propósitos desviados de los fines de la educación, ese derecho fundamental les hace acreedores –a los padres– de la tutela judicial efectiva, preferente y sumaria que han de prestarles los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, los cuales habrán de utilizar decididamente, cuando proceda, las medidas cautelares previstas en laLey de la Jurisdicción para asegurar que no pierdan su finalidad legítima los recursos que se interpongan. [Porque] Ciertamente, pueden producirse abusos en la manera en que una escuela o un maestro determinados aplican los textos en vigor, y corresponde a las autoridades competentes velar, con el mayor cuidado, porque las convicciones religiosas y filosóficas de los padres no sean contrariadas a este nivel por imprudencia, falta de discernimiento o proselitismo intempestivo (ref. Sentencia del TEDH Kjeldsen, Busk Madsen y Pedersen).
Es decir, el Tribunal emplaza a los padres objetores a velar por que en "las enseñanzas controvertidas" no se incurra "en un adoctrinamiento incompatible con las responsabilidades que atribuye al Estado en la educación el artículo 27.2 de la Constitución, la preservación de esos mismos derechos fundamentales de los artículos 16.1 y 27.3", pues entonces sí, esto "exigiría la adopción por los Tribunales de lo Contencioso Administrativo de cuantas medidas fuesen necesarias para el cese inmediato de esa actividad" (FJ 8).
Citan también con profusión las Recomendaciones europeas, especialmente la 2002/12, sobre la conveniencia de implantar en el sistema escolar contenidos sobre Educación para la Ciudadanía. Digamos una vez más que la pretensión básica de la recomendaciones europeas es introducir contenidos conducentes a mejorar la cultura política de los alumnos y favorecer la construcción de una sociedad más participativa. No dice en absoluto que lo idóneo en una sociedad plural y democrática sea asumir una óptica laicista o abiertamente antirreligiosa de la vida pública, ni una concepción relativista en lo moral, ni por supuesto que haya que asumir los planteamientos y la agenda de la emergente Ideología de Género. Ya cansa decir esto, pero hay que insistir una vez más a la vista de las declaraciones de la ministra Aído del pasado día 10 en el diario Público, donde aseguró que "Educación para la Ciudadanía es una materia imprescindible que incluye aspectos específicos sobre violencia de género, salud sexual y reproductiva y respeto a la diversidad", afirmando que el Ministerio de Educación está realizando unidades didácticas relativas a la formación afectivo-sexual; o de las declaraciones de la Federación estatal de Gays y Lesbianas que para conmemorar el día de la mujer trabajadora ha reclamado al Gobierno socialista que "no nos margine al olvido en los textos y centros escolares", y que "solo hay un camino para lograr la verdadera igualdad, el de la educación", enfatizando "la necesidad de mostrar la realidad de todas las mujeres lesbianas, transexuales y bisexuales en el sistema educativo". Parece que han pasado por alto otro párrafo de la sentencia del Supremo que dice que "El hecho de que la materia Educación para la Ciudadanía sea ajustada a derecho y que el deber jurídico de cursarla sea válido, no autoriza a la Administración educativa –ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores– a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas".
Cuando analizamos hace meses los contenidos concretos y detallados del curriculum de EpC de cada uno de los 36 sistemas escolares contenidos en la Red Eurydice –acción de la Comisión Europea para temas de Educación y que depende de su Dirección General de Educación y Cultura (desde septiembre 2008, integrada en la Agencia europea EACEA)–, hicimos notar un dato muy relevante: en cuestión de EpC, nuestros socios europeos tienen una expresa mención y dotan de contenido concreto a la participación de la familia en la vida escolar y en los planes de estudio. Siguiendo el esquema general del estudio-base EpC en el contexto escolar europeo, realizado durante la Presidencia holandesa de la Unión en el segundo semestre de 2004, uno de los puntos a mencionar por los países cuando exponen qué y cómo enseñan la materia de EpC es la "participación paterna" dentro del punto de "cultura escolar y participación en la vida de la comunidad", donde se responde a la pregunta plateada en la página 27 del estudio: "con qué medidas, formales o no, cuentan los padres para contribuir al desarrollo de un entorno de aprendizaje seguro, democrático y respetuoso en los centros".
El contraste con el caso español está ya aquí mismo: ni la LOE ni los RRDD en sus docenas de páginas mencionan a la familia o a los padres, ni por supuesto les reconocen autoridad ni responsabilidad en esta materia concreta ni en la labor educativa general de la escuela.Ya sólo por esto nos alejamos del planteamiento y la praxis europea.
En la página 35 del estudio se ofrecen ya algunas pistas de cómo participan los padres en la actividad escolar de diversos países: en Lituania, por ejemplo, se llegan a firmar "contratos" que se negocian entre los centros docentes, los alumnos y los padres; en Luxemburgo los padres están reconocidos oficialmente como "socios" del centro docente.
Pero además, cuando entramos a analizar el curriculum concreto de EpC de cada uno de estos países, vemos que las Recomendaciones europeas sobre participación familiar se asumen de verdad en la práctica concreta y diaria de los centros y de la programación del sistema escolar. Por ejemplo, en Austria se crean los "class forum", donde se reúne el profesor de la asignatura y los padres o tutores. En Rumanía se llega además a atruibuir a los padres una fiscalización en cuestiones como asegurar la observancia del marco legislativo, idear la estrategia educativa de la escuela e incluso aprobar el bonus salarial mensual del staff o sus periodos de permiso. Pero donde encontramos un espejo en el que mirarnos es sin duda en Holanda, donde el fomento de la participación activa de los padres llega al extremo de permitir su presencia en el aula, o incluso que lleguen éstos a actuar como profesores ayudantes.
Volviendo a las vías que abre para los padres objetores la sentencia del Supremo, no parece descabellado que, amparados en la Recomendaciones Europeas sobre Educación para la Ciudadanía Democrática, en la práctica real de muchos países de nuestro entorno cuando las aplican y en las mismas indicaciones del Alto Tribunal español, los padres objetores exijan a partir de ahora personarse en las clases de Educación para la Ciudadanía, de Ciencias del Mundo Contemporáneo y de cualquier materia que se sospeche pueda dar lugar al menor atisbo de adoctrinamiento moral o político. A partir de ahora, los padres se postulan como los verdaderos inspectores del sistema escolar para que la sentencia del Supremo, de verdad y en la práctica, pueda cumplirse.
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