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EDITORIAL

Un atropello jurídico

La igualdad ante la ley no sólo es un principio distinto sino incompatible con esa liberticida igualación por ley que, por cierto, impidió el año pasado al PP presentar una lista integrada exclusivamente de mujeres

Una cosa es la obligación de acatar una sentencia y otra muy distinta la obligación de estar de acuerdo con ella. Ante la decisión del Tribunal Constitucional de avalar ese atropello jurídico que conocemos por "Ley de Igualdad" no podemos dejar de insistir en nuestra profunda discrepancia ante lo que en realidad es un mandato que merma la libertad de organización de los partidos políticos y el derecho ciudadano de elegir y ser elegido como representante público.

Estamos a la espera de conocer el contenido de la sentencia –que se hará pública en los próximos días– para saber cuáles son los argumentos de los magistrados para sostener la constitucionalidad de una norma como la que prohíbe a los partidos políticos formar listas electorales que integren más de un 60% o menos de un 40% de hombres o mujeres.

Lo cierto, sin embargo, es que la Constitución es muy clara al señalar en su artículo 14 que "los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

La igualdad ante la ley no sólo es un principio distinto sino también incompatible con esa liberticida igualación por ley inherente a la norma que, por cierto, impidió el año pasado al Partido Popular presentar en la localidad tinerfeña de Garachico una lista electoral integrada exclusivamente por mujeres.

Establecer cuotas obligatorias de participación por razón de sexo es tan discriminatorio y liberticida que hacerlo por razón de raza o de religión. Al derogar de facto la igualdad de los ciudadanos ante la ley, el Tribunal Constitucional está abriendo las puertas a que también se puedan establecer cuotas obligatorias de participación en función de cualquier otra condición o circunstancia del ciudadano. Y no sólo en las listas electorales de los partidos políticos, sino también en los consejos de administración de las empresas o en cualquier otro ámbito que la arbitrariedad del poder político considere oportuno.

Ante semejante atropello jurídico, el Partido Popular debería reafirmar coherentemente su compromiso con la igualdad de todos ante la ley y su oposición a estas coactivas cuotas que vulneran la dignidad de la mujer tanto como agreden la libertad ciudadana. En lugar de achantarse por el aval que el Constitucional ha dado a la norma, el PP debe comprometerse a derogarla en el caso de llegar al Gobierno. A estas alturas, no sólo los principios sino el más elemental pragmatismo aconsejan al PP el dar la batalla de las ideas para que el sentido común de los ciudadanos no sea presa fácil de la propaganda de sus adversarios.

Limitarse a "acatar la sentencia", balbucear de forma vergonzante que "los objetivos de la igualdad deben ser distintos a la paridad electoral" o, lo que sería peor, ir del ronzal al terreno de la defensa de la discriminación mal llamada "positiva" sería para el partido de Rajoy simplemente suicida. Más aun si tenemos en cuenta que Zapatero ha escogido como fecha de las elecciones el día siguiente a la celebración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora. Para desenmascarar a Zapatero no hay nada peor que hacerle el juego.

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