531 euros por canción
Una ley sueca ha permitido condenar al pago de una multa de 2.124 euros a un pobre hombre por el gravísimo delito de descargarse cuatro canciones. Nada menos que 531 euros por tema. Es el sueño dorado de Teddy Bautista y Pedro Farré.
Mientras que los eurócratas se dedican a hacer el ridículo intentando montar proyectos europeos, con gasto del dinero de los contribuyentes incluido, para hacer frente a exitosas realidades privadas nacidas en Estados Unidos; los defensores de esa mentira llamada propiedad intelectual importan las peores prácticas de los amigos de los derechos de autor del otro lado del Atlántico. Entre ellos destaca el legislativo sueco, autor de una ley que ha permitido condenar al pago de una multa de 2.124 euros a un pobre hombre por el gravísimo delito de descargarse cuatro canciones. Nada menos que 531 euros por tema. Es el sueño dorado de Teddy Bautista y Pedro Farré.
Afortunadamente para los españoles, la SGAE descarta por el momento presentar este tipo de demandas. Más que nada debido a que les resulta técnicamente imposible conseguir las pruebas de forma legal. Sin embargo, ya tenemos en España quien intenta que sí sea factible. Las discográficas, agrupadas en Promusicae, pretenden que Telefónica les revele la identidad y dirección de internautas que se han descargado música en redes de pares. La operadora, que ahora está del mismo bando que los internautas, se niega debido a que esos datos no son para una investigación criminal. Efectivamente, los derechos de autor nada tienen que ver con la seguridad nacional.
De todos modos no tiene nada de extraño la pretensión de Promusicae, sobre todo si tenemos en cuenta que ya en noviembre de 2005 un grupo europeo de discográficas que respondía a las siglas de CMBA propuso que la información almacenada por medio de la terrible retención de datos sirviera para combatir la "piratería" online. Pero a no ser que los tribunales europeos digan lo contrario, los españoles nos libramos por ahora de esta absurda pretensión. Lo mismo podrán decir los suecos tras la citada sentencia, pues en el país escandinavo los datos almacenados sólo pueden ser usados en casos de crímenes castigados con cárcel.
Eso sí, en el caso de que los tribunales situados en Bruselas dieran la razón a Promusicae, los usuarios españoles de redes de intercambio de archivos pueden ir preparándose. Muchos de ellos vivirán situaciones dantescas como las sufridas por numerosos estadounidenses por culpa de la RIAA o nuestro nórdico amigo al que nos referíamos más arriba. Muchos recordarán todavía cuando Javier Ribas, del despacho de abogados Landwell-PwC, se inventó la presentación de una demanda masiva contra usuarios de redes de pares en 2003. Entonces se trató de una vulgar mentira, tal vez con el objetivo de asustar. Pero si a un juez pagado con los impuestos de los europeos se le cruzan los cables, podría convertirse en realidad.
Con independencia de la deriva que tome el asunto, que las discográficas pretendan que los proveedores de Internet les entreguen una delicada información que los eurócratas les obligan a almacenar no es nada sorprendente. De hecho, aunque ahora no se salgan con la suya seguirán insistiendo. Y antes o después se les sumarán la SGAE y el resto de entidades de gestión de derechos de autor. Ya han dado muestras sobradas de su desprecio por los derechos más sagrados de los ciudadanos. Por eso mismo, no debemos bajar la guardia. Se trata de algo mucho más importante incluso que la absurda cifra de 531 euros por canción.
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