El Estado en Blanco
Lo que Maragall proclama es que el sujeto de derecho público conocido como Administración del Estado es residual en Cataluña. Lo sabe cualquiera. Y lo que sugiere es que España (¿sabe de lo que le hablo, no, Blanco?) es asimismo residual.
De todos los errores y confusiones, trolas y embustes que adornan la carrera de Blanco, el mayor es el que acaba de soltar sobre Maragall. Sostiene Blanco que el heredero de Jaime I el Conquistador sobreactúa. Ojalá. Si fuera sobreactuación, estaríamos salvados. Pero sucede todo lo contrario. El nieto del poeta es así. Dice verdad, atributo insólito que, aun siendo el único que ostenta, puede llegar a salvarle el día del Juicio Final.
No se empeñe, Blanco, tontorrón. No insista en que las autonomías también son Estado. Ya lo sabemos, hombre. Viene en la Constitución, como la indisoluble unidad de la nación española. ¿Y qué? No pensará, infeliz, que puede darle lecciones a don Pasqual, licenciado en Derecho y doctor en Económicas. La etiqueta de Anís del Mono que usted ha enmarcado no está mal, pero sea consciente de sus limitaciones y no discuta.
El Estado en Cataluña es residual. Es un hecho. Y sólo la feliz circunstancia de que Maragall no pueda callar las verdades ha permitido que los adversos al nuevo estatuto hayamos tenido el amargo consuelo de ver confirmada nuestra alarma y nuestras tesis.
Le voy a contar un cuento, Blanco. El Estado comprende todas las instituciones públicas y, por tanto, también la autonomía catalana, la Diputación de Orense, el Ayuntamiento de Barbate, los juzgados de lo Penal de Granollers, el Senado y el Tribunal de Cuentas. Singular amalgama de poder ejecutivo, legislativo y judicial, el Estado. Con el Tribunal Constitucional sobrevolándolo todo y con el Rey arbitrando y moderando. Es un decir.
No hay que confundir "Estado" con "Administración del Estado", como hace usted para distraer a quienes no han tenido su suerte y no han podido matricularse en primero de Derecho. La Administración del Estado, que comprende las "administraciones" central y periférica, es un solo sujeto de derecho público diferente a las autonomías. Cada Comunidad Autónoma es, a su vez, un sujeto de derecho. Y también cada municipio. Por eso hay tres grandes órdenes administrativos: Administración del Estado, Administración Autonómica y Administración Local.
Lo que Maragall proclama es que el sujeto de derecho público conocido como Administración del Estado es residual en Cataluña. Lo sabe cualquiera. Y lo que sugiere es que España (¿sabe de lo que le hablo, no, Blanco?) es asimismo residual, hipótesis avalada por un preámbulo estatutario –el "prólogo" de Moraleda– que define a Cataluña como nación. Lo que justifica que regule para el resto de instituciones del Estado, sean ejecutivas, legislativas o enmarcadas en el poder judicial (y hasta para el Tribunal Constitucional; el Rey se ha librado por los pelos). En fin, flagrante ilegalidad, perversión y reforma irregular de la Constitución.
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