Reproducimos íntegra la carta del gabinete de comunicación de vicepresidencia del Gobierno:
Ante la información publicada hoy en Libertad Digital bajo el título “De la Vega oculta datos en la explicación sobre su voto en Valencia” y firmada por Raúl Vilas, en la que se vierten afirmaciones, como mínimo inexactas, deseo realizar, para conocimiento de sus lectores, las siguientes aclaraciones:
En primer lugar, no hay ninguna duda respecto a la validez de la inclusión en el censo electoral de Beneixida de la señora Vicepresidenta, que se realizó en el marco de la más absoluta legalidad. Como hemos explicado de manera reiterada y aclaró ayer mismo el Instituto Nacional de Estadística, la resolución de 31 de enero de 2008 revocó las resoluciones dictadas anteriormente por diferentes delegaciones provinciales del INE, que desestimaban diversas reclamaciones de ciudadanos sobre los cambios de residencia realizados antes de la fecha del cierre del censo electoral (1 de diciembre de 2007).
El INE ha aclarado también que la resolución de 31 de enero de 2008, ni requería publicidad, ni modificaba interpretaciones anteriores, ni podía aplicarse a quienes no hubieran efectuado reclamación. Así lo exige el respeto al procedimiento electoral, que es precisamente la garantía de igualdad en la aplicación de la Ley.
Por el contrario, la Resolución de agosto de 2008 es mucho más amplia y fija normas para todos los electores. Esa es la razón por la que sí se publica en el BOE. De hecho, como refiere el preámbulo de la misma, contiene instrucciones sobre definiciones de censo cerrado, censo vigente de cada mes y censo vigente para una elección, los criterios de gestión de las reclamaciones o la consulta a sus datos de inscripción.
Por último, y muy especialmente, deseo aclarar que en la información que ustedes publican se confunde la fecha de la resolución por la que se acepta la reclamación de la Vicepresidenta, y con ella la de otros 308 ciudadanos, que es el 31 de enero, con la fecha de su notificación. Porque la fecha que ustedes subrayan y publican entre exclamaciones no es más que la fecha con la que se notifica al reclamante, en este caso la Vicepresidenta, que su reclamación ha sido aceptada.
Por tanto, y frente a las conclusiones que extrae el artículo publicado en Libertad Digital, sin tener en cuenta o confundiendo las aclaraciones aportadas por los organismos oficiales responsables, la inscripción de la señora Vicepresidenta en el censo de Beneixida se produjo dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente y en virtud de una resolución en vigor. Por supuesto, así lo ha explicado desde el principio con total transparencia, inmediatez y rigor la Vicepresidenta Primera del Gobierno.
Ángeles Puerta
Directora de Comunicación
Vicepresidencia Primera del Gobierno de España