L D (Agencias) En una comparecencia de prensa en la sede socialista de Ferraz, Alfredo Pérez Rubacaba cargaba airado contra el Tribunal Supremo tras el auto emitido el pasado sábado sobre la última franquicia electoral de ETA: Acción Nacionalista Vasca; en la que el alto tribunal venía a calificar de electoralista la desición del Gobierno de solicitar a última hora, con las elecciones a la vuelta de la esquina, la ilegalización del partido proetarra.
"No tengo que recordarle al Supremo, lo sabe perfectamente, que una intuición es todo menos una prueba", recalcó Rubalcaba. Tras echar la bronca al alto tribunal, adaptaba el auto a sus intereses y afirmaba que el escrito "confirma" la posición del Gobierno, que en las elecciones municipales de mayo de 2007 se empezó "a ver que había colaboración". "La prueba es que fiscal y abogado del Estado recurrieron una parte de las candidaturas, pero no había pruebas para más y el Supremo lo reconoce y el Constitucional lo sancionó", argumentó.
Así, insistió en que "el grueso de las pruebas" contra ANV y el PCTV se obtuvieron tras la detención de parte de la Mesa Nacional de Batasuna y el registro de Segura, en octubre de 2007 y eso fue lo que permitió demostrar que se trataba de "algo más que un proceso de acuerdo, de colaboración", sino que había una "utilización por parte de Batasuna del PCTV y de ANV".
"Las pruebas se empiezan a recabar en septiembre, en octubre y se consolidan en enero. Incluso Fiscal y Abogacía del estado han ido suministrando pruebas, algunas conseguidas en los últimos días, cuando ya habían presentado las demandas", apostilló.
Tras insistir en que Policía y Guardia Civil han trabajado "todo lo deprisa que han podido", consideró "lógico" que no haya habido pruebas contra ANV y PCTV hasta unos meses después de las elecciones municipales, porque sólo cuando los grupos municipales de ANV y PCTV comenzaron a tener ingresos pudo demostrarse que tenían una "caja común" con Batasuna y la caja común es la "prueba fundamental".
"Se demuestra la colaboración a medida que se colabora y se demuestra la fagocitación cuando se produce tal", manifestó Rubalcaba. "Otra cosa es que haya quien quería llevar con intuiciones, lo dice el propio Supremo", añadió el ministro, que acusó de "mentir" a quienes pretendan defender que una intuición es igual que una prueba.
Los párrafos del auto que han enojado al ministro del Interior se encuentran en las páginas 32 y 33 del auto, en las que se dice que ya había indicios contra ANV antes de las elecciones municipales y que las medidas solicitadas ahora por el Gobierno tienen carácter electoralista, porque la petición se podría haber hecho meses atrás.
Dice el auto: "Precisamente porque la medida a adoptar tiene un alcance temporal muy limitado, el del plazo necesario para tramitar este proceso, el principio de proporcionalidad que debe presidir nuestra decisión, aconseja denegar la medida propuesta, pues el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el año 1977 no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad durante este corto espacio de tiempo.
Debe tenerse en cuenta que, si bien los datos más significativos presentados por las partes demandantes para fundamentar sus demandas de ilegalización son relativamente recientes –realmente se producen en los últimos meses del año de 2007 y en enero de 2008– también reconocen esas partes que el proceso de colaboración de ANV en la estrategia marcada por Batasuna se detecta desde el mes de mayo de 2007, y puede intuirse incluso respecto a fechas anteriores, dada la infiltración que en las elecciones celebradas en esta fecha se detectó de miembros de Batasuna presentados en las candidaturas de ANV.
En estas condiciones, si el sistema democrático ha conseguido absorber con éxito durante ese tiempo los efectos perturbadores de un partido que según alegan las partes demandantes colabora con organizaciones ilegales, parece desproporcionado adoptar ahora una medida que, de hecho, representa la disolución anticipada del partido, cuando sólo unos meses más tarde podrá decidirse sobre esta cuestión, no con el carácter indiciario en que ahora debemos manifestarnos sino en una sentencia definitiva, tras un pleno análisis y comprobación de todos los elementos que las partes pongan a nuestra disposición".