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Tras 11 años de la transferencia de Justicia, la situación andaluza es de desidia e incapacidad

Once años después de que la Junta de Andalucía consiguiese las competencias de Justicia, la característica que define el estado de la Administración es la desidia e incapacidad del Gobierno de Chaves para adecuar los juzgados a las necesidades de los ciudadanos.

Once años después de que la Junta de Andalucía consiguiese las competencias de Justicia, la característica que define el estado de la Administración es la desidia e incapacidad del Gobierno de Chaves para adecuar los juzgados a las necesidades de los ciudadanos.

LD (Pedro de Tena) Tras 11 años de la transferencia de la Administración de Justicia a la Junta de Andalucía, que la reclamó con insistencia y confrontación a un gobierno del PP mientras jamás la pidió a los gobiernos de Felipe González, los resultados contenidos en el Informe sobre la situación y las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, son los siguientes:

1.-Andalucía, excluidos los Juzgados de Paz que quedan fuera de este estudio, cuenta actualmente con 571 Juzgados distribuidos en 85 partidos judiciales, con 41 Secciones en sus 8 Audiencias Provinciales, aunque las de Melilla y Ceuta, adscritas respectivamente a la planta de Málaga y Cádiz entran, en el tema de estudio, dentro del ámbito competencial del Ministerio de Justicia. La planta la completan las siete salas que componen el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En total, 617 oficinas judiciales en Andalucía. Ceuta con 12 Juzgados y 1 Sección de la Audiencia Provincial, y Melilla con 11 y otra Sección".

2.-Consideramos germen de la mayoría de los problemas y disfunciones a solucionar, es que la plantilla orgánica atribuida a cada uno de los 617 órganos judiciales en Andalucía supone, con ligero margen de error al no haber precisado algunos Registros Civiles su plantilla real, un total, al menos, de 5.898 funcionarios distribuidos entre las tres categorías profesionales: gestores procesales, tramitadores y auxilio judicial; y en cambio, únicamente 4.179 de esos puestos de trabajo estaban ocupados a la fecha de estudio por sus titulares. 

3.-Consecuentemente,  la Consejería de Justicia únicamente cuenta con un 70’8% de funcionarios titulares para atender la totalidad de los puestos de trabajo correspondientes a la Planta de los Juzgados y Tribunales actualmente en funcionamientos y el asignado a los Servicios Comunes adscritos a algunos Partidos Judiciales o Tribunales.

4.-Para cubrir ese déficit de 1.719 plazas, que seguramente aumentará con los más que previsibles déficits en la Planta de Juzgados de Paz, incluso de Fiscalía e Institutos de Medicina Legal, las Delegaciones Provinciales de Justicia sólo pudieron disponer de 1.178 funcionarios de la Bolsa de Interinos y, agotadas éstas prácticamente en todas las Delegaciones, fue preciso acudir, para cubrir esas vacantes, a la contratación, al menos en el período de estudio, de 399 trabajadores demandantes de empleo ante el SA.E.. Dichos empleados, con nula experiencia y sin preparación previa se vieron, de pronto, convertidos en funcionarios de Justicia al frente de un ingente volumen de expedientes, incapaces de tramitar e incluso de comprender. Aún así, se encontraban sin cubrir en Andalucía 142 puestos de trabajo en órganos judiciales. 

5.-La Administración de Justicia en Andalucía  padece, pues,  un muy alarmante déficit en la plantilla de funcionarios de Justicia que han de proveer los órganos judiciales de Andalucía e incluso un menos justificado déficit en su bolsa de funcionarios interinos, con singular y grave incidencia en las provincias de mayor número de puestos de trabajo, como son, por este orden, Sevilla, Málaga y Cádiz. Consecuencia de ello es, según los datos ofrecidos por las Delegaciones Provinciales de Justicia, que entre junio 2006 y junio 2008 se contrataron y actuaron nada menos que 833 personas demandantes de empleo (S.A.E.), el 75’3% de ellos en puestos de gestión o tramitación.

6.-La Administración autonómica se ha visto en los últimos años, desde 2005 y sobre todo de manera generalizada a partir del año 2006, incapaz de dotar de plantilla apropiada cada uno de los Juzgados de nueva creación que, entre el 20 de junio de 2006 y el 28 de diciembre de 2007, fueron en Andalucía 28 Juzgados -12 de ellos de Violencia sobre la mujer- como complemento a una planta que inicia su andadura tras la entrada en vigor de la Ley de Violencia Integral a medidas de 2005. El problema volverá a reproducirse en breve con la entrada en funcionamiento de 26 nuevos Juzgados y una Sección de Audiencia, correspondientes al incremento en la Planta Judicial del año 2008.

7.-Los juzgados creados entre 2005 y buena parte del 2006 se caracterizaron por dotarlos mayoritariamente con trabajadores demandantes de empleo que, para perplejidad de todos, habrían de poner en funcionamiento un juzgado del que desconocían cuáles eran sus tareas y cómo realizarlas. En la última etapa, según el orden jurisdiccional al que corresponden, acudiendo, en parte a funcionarios interinos y titulares en comisiones de servicio, y en otros caso, singularmente en los Juzgados de Violencia sobre la mujer, exclusiva o preferentemente con titulares mediante comisiones de servicio ofertadas entre funcionarios de carrera de la misma localidad en aras a dotar, a toda costa, con ellos la plantilla del nuevo Juzgado. El remedio distorsionó, en no pocos casos, y sobre todo en poblaciones relativamente pequeñas, el funcionamiento de unos juzgados, ya de por sí colapsados (motivo de la nueva creación) en razón a una carga de trabajo de la que los funcionarios comisionados huyen, a toque de a rebato, dejando una oficina judicial difícilmente recuperable.

8.- La falta de recursos humanos, la estanqueidad producida desde la Administración Estatal –no se convocaron oposiciones para ingreso en los cuerpos profesionales de funcionarios de justicia los años 2004 y 2005 y las convocadas en 2006 no entraran en funcionamiento hasta mediados de 2009- a la espera de unas definitivas relaciones de puestos de trabajo desde las que construir el modelo de oficina judicial, ha frenado, por no decir paralizado, una política de planificación de personal que, desde años atrás, exigía imperiosamente corregir las desfasadas e insuficientes plantillas de funcionarios en numerosos órganos judiciales.

Se demanda así la acuciante necesidad de adecuar sus plantillas a la verdadera carga de trabajo que soportan tanto los juzgados de capitales de provincia como, singularmente, los juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, generalmente servidos por jueces donde habitualmente los dos juzgados que integran el partido judicial, mantienen, desde hace muchas décadas, el mismo número de funcionarios -cuando no ha perdido alguno-, amortizando plazas con las que proveerse de efectivos para poner en funcionamiento oficinas de Servicio Común en unos Partidos Judiciales que, sin embargo y entre tanto, han visto poderosamente incrementada la población, la litigiosidad, y sobre todo sus propias competencias como resultado de nuevas leyes que han venido a empeorar, de manera generalizada y a un ritmo vertiginoso, como nunca hasta entonces se había producido, la situación de los órganos judiciales.

9.-Solamente los dos Registros Civiles únicos (Málaga y Sevilla) concentran 106 funcionarios. La plantilla de Málaga, como luego se dirá, es insuficiente, y también lo es en numerosos Partidos que precisan incremento y que han de verse, frecuentemente, ayudados con medidas de refuerzo. Entre todos los demás Partidos Judiciales, algo más de otros 120 funcionarios, son destinados para atender estas oficinas de Registro Civil, prácticamente los mismos que acaparan las capitales de Málaga y Sevilla. Una racional planificación de estas oficinas exigiría una disponibilidad superior a los 300 funcionarios. 

10.- Es urgente la cobertura y provisión real de las más de 1.700 plazas vacantes pendientes de asignar a funcionarios titulares y, al margen de estas plazas creadas pero no dotadas, insistimos, es prioritario, también, actualizar e incrementar la planta funcionarial de numerosos órganos judiciales.”

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