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La sentencia acaba con las tapaderas del terrorismo y desvela cómo se organiza ETA mientras negocia

Además de condenar a 52 etarras y colaboradores, la sentencia del macro-sumario 18/98 ha demostrado la utilización a lo largo de años por parte de ETA de diversas tapaderas para ejercer el terrorismo. Entre ellas, KAS, EKIN, XAKI, o el diario Egin. A esto se une que la sentencia ha servido para desvelar cómo ha actuado la organización terrorista ETA de forma interna durante los procesos de negociación con los gobiernos españoles. Los condenados trataron de aparentar alegría ante los cinco siglos de pena que les han caído encima.



Además de condenar a 52 etarras y colaboradores, la sentencia del macro-sumario 18/98 ha demostrado la utilización a lo largo de años por parte de ETA de diversas tapaderas para ejercer el terrorismo. Entre ellas, KAS, EKIN, XAKI, o el diario Egin. A esto se une que la sentencia ha servido para desvelar cómo ha actuado la organización terrorista ETA de forma interna durante los procesos de negociación con los gobiernos españoles. Los condenados trataron de aparentar alegría ante los cinco siglos de pena que les han caído encima.
LD (Europa Press) Además de las penas de prisión, el tribunal también ha declarado la ilicitud de las organizaciones del entramado de ETA como KAS, EKIN y XAKI y el decomiso de sus bienes y ha deducido testimonio a los abogados Jone Goiricelaia y José María Elosúa por imputar delitos graves a funcionarios públicos durante el juicio.

Según la presidenta del tribunal, Ángela Murillo, en la sentencia ha quedado demostrado que la Kordinadora Abertzale Sozialista (KAS) "era parte de las entrañas de ETA, conformando la dirección de uno más de sus frentes, junto al armado y el político, llamado por la misma organización terrorista 'frente de masas' y 'frente mediático'". Para ETA este "frente" era de "vital importancia" a la hora de actuar en conjunción con la lucha armada dentro del proceso que la banda terrorista denomina "acumulación de fuerzas", tal y como consta en la documentación que le fue intervenida en Bidart en 1993 al etarra José María Dorronsoro.

En cuanto a EKIN, la juez –que también ha actuado como ponente de la sentencia– explicó que "no es más que KAS disfrazada bajo un manto de aparente legalidad". "Es parte esencial de ETA, no sólo presta su apoyo, está en su corazón", agregó. Según explica la sentencia, que se basa en gran parte en información incautada en distintas operaciones policiales, el "disfraz" de EKIN vino provocado por un auto emitido por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en 1998 por el que declaraba ilícitas las actividades de KAS. "EKIN, en igual medida que la coordinadora abertzale, integra una parte esencial de la organización terrorista ETA, no siendo simplemente una organización que le preste su apoyo", dice la resolución.
  
XAKI: Un pequeño ministerio de Exteriores
 
En cuanto a XAKI, aparato internacional de la banda terrorista, la resolución recoge que constituye "un pequeño Ministerio de Asuntos Exteriores de ETA". En los años 90, la organización terrorista considera que para desarrollar sus relaciones internacionales precisa "de manera forzosa contar con individuos que en apariencia no tuvieran vinculación con ella" para contactar con grupos políticos y sociales de distintos países "que no estarían dispuestos a establecer tratos con miembros de una organización terrorista", indica el fallo.
  
Esta postura quedó reforzada tras las conversaciones de Argel debido a que la banda consideró que su fracaso vino provocado porque la banda armada "no supo crear un estado de opinión a nivel internacional favorable". Las principales pruebas contra los condenados pertenecientes a este aparato proceden de documentos incautados al dirigente de ETA José María Dorronsoro en la localidad francesa de Bidart en 1993. Los jueces recogen también las declaraciones judiciales del condenado Miguel Ángel Eguibar que reconoció que la banda armada le encargó pasaportes y que captara a dos personas que respaldaran a los miembros de la organización.
  
ETA no sólo transmitía opiniones sino también órdenes sobre las tareas que debían desarrollar estas personas. Además, según la contabilidad incautada en los ordenadores, Herri Batasima, Gestoras Pro Amnistía, Askapena, Jarrai y LAB mantenían una "caja común" con la que se pagaba los gastos de XAKI.
 
La Desobediencia Civil: Otra estrategia de ETA
 
La Fundación Joxemi Zumalabe, encargada según la resolución de dinamizar las actividades sociales o movimientos populares, "colaboró decisivamente con ETA", especifica la sentencia, debido a que fue concebida para promover la desobediencia civil como otra forma de lucha". Este aspecto figura recogido en un documento incautado a uno de los condenados, Miguel Ángel Zuluaga, en los que recoge este organismo se propone "volver loco" al Estado con este tipo de acciones para "romperles en sus morros su propia legalidad", indicó la juez.  Así, "con las acciones guerrilleras fue posible desestabilizar al Estado opresor", añade. A pesar de ello, la resolución concreta que la Fundación no formaba parte de ETA pero colaboró con la misma e impulsó la desobediencia civil como forma complementaria de la lucha armada y de masas.
 
Entre los documentos incautados que demuestra que la desobediencia civil era una estrategia etarra se encuentra también el Zutabe –boletín interno de ETA– número 72, en el que la banda terrorista anuncia a sus acólitos que tiene un gran reto a la hora de encauzar la desobediencia civil. "Los miembros de la izquierda abertzale deben mostrar su coherencia también en la vida diaria", decía el artículo del boletín interno de ETA.
 
En el Zutabe se aseguraba también que la banda terrorista consideraba necesario encontrar nuevas formas de enfrentamiento con los Estados opresores y gracias a ellas dar "pasos concretos" y "sin retorno" en la construcción de Euskal Herria. Así, ETA defendía una actitud que creara "incomodidad en todas partes, en todos los lugares donde se da la imposición francesa o española" debido a que "los ciudadanos vascos" no se pueden sentir "cómodos" mientras estén "oprimidos".
  
Otro de los documentos mencionados en la sentencia es un texto monográfico de la revista Ezpala de KAS. En el escrito uno de los condenados, Mario Zubiaga, defendía la práctica de la desobediencia civil como algo "no excluyente de otras formas de lucha". La desobediencia debía, incluir formas de violencia de baja intensidad" que provocarían de forma inevitable una respuesta del Estado. Lo "desmedido de las sanciones" estatales contra estos actos constituye un "nuevo eje deslegitimador del sistema político".
 
El diario Egin: Señalar los objetivos
  
La Sala considera también acreditado que el periódico Egin y las empresas relacionadas con la editorial Orain estaban dirigidas por ETA. Según la sentencia tanto Teresa Toda, directora adjunta del diario, como Javier María Salutregi, director de la publicación, fueron designados por la banda terrorista tras una reunión celebrada con José Luis Álvarez Santacristina, alias Txelis.  
  
Además, los jueces mencionan que el periódico se señalaba a determinadas personas que posteriormente sufrieron atentados terroristas. El tribunal responsabiliza de algunos de esos señalamientos a Txema Matanzas, responsable del "frente de makos" –integrado por los terroristas encarcelados– y condenado como dirigente.
 
Las treguas: Un simple parón
 
La organización terrorista ETA no suspende la lucha armada por la vigencia de una tregua, ya que "lo único que queda en suspensión es el accionar armado", según se desprende de un documento interno de la organización citado en la sentencia. "La lucha armada, por lo tanto, no se suspende por la vigencia de una tregua; lo único que está en suspenso en ese supuesto es el propio accionar armado, el cual reaparece, por otra parte, desde que la misma tregua fuese vulnerada por el Estado opresor español", afirma ETA en el documento "Estrategia Política del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV)", uno de los miles de informes que han sido analizados en la resolución judicial.
  
La banda terrorista explica que "durante los procesos negociadores con el Gobierno deben continuar otros tipos de lucha", como la de masas. Este tipo de acciones, según ETA, "deben arropar y nutrir a la lucha armada, siendo imprescindible la correcta interrelación entre ambas, sobre todo en las fases de tregua, de cara a mantener la presión que un suspenso del accionar armado pudiera conllevar". Este reparto de papeles exige de KAS, según el documento, "una evidente aportación a esos niveles, haciendo en definitiva una dirección política que permita la participación de sectores crecientes de las masas en la lucha del MNLV".
 
En otro extracto de los hechos probados, la sentencia indica que la declaración de tregua indefinida que ETA hizo en septiembre de 1988 (antes de las conversaciones de Argel) y en los primeros meses de 1999 (tras la firma del Pacto de Estella) "afectó exclusivamente al desarrollo de las denominadas acciones armadas, que quedaron en suspenso", y produjeron en el seno de la organización "un cierto descontrol en las otras formas de coacción social, cuya dirección venía ejerciendo KAS".

Los proetarras, expulsados por la jueza
 
El incidente se produjo cuando Murillo tomó la palabra para comenzar la lectura del resumen de la sentencia y los 24 procesados que se encontraban en el recinto acristalado cantaron puestos de pie y con el puño en alto el citado himno, habitual en los actos de apoyo a la banda terrorista ETA.
 
Los acompañantes de los procesados que se encontraban en la sala prorrumpieron en ese momento en aplausos de apoyo a los expulsados, lo que motivó también que fueran conducidos por integrantes del Cuerpo Nacional de Policía hasta el exterior de las dependencias de la Audiencia Nacional.
 
Tras el incidente, Murilló comenzó a dar lectura pública al resumen de la sentencia, que impondrá penas por delitos relacionados con el terrorismo que al menos superarán los 527 años y seis meses de cárcel, según informaron fuentes jurídicas.
 
La AVT celebra la sentencia
 
La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) ha celebrado la sentencia de la Audiencia Nacional y ha señalado que se trata de "un gran paso en la derrota de ETA". En declaraciones a los medios, el abogado de la AVT Juan Carlos Rodríguez Segura explicó que la asociación "celebra que se haya logrado desenmascarar y enjuiciar la red tejida por la banda terrorista ETA para controlar a sus bases y simpatizantes y obtener los recursos económicos y sociales para subsistir".
 
Rodríguez Segura subrayó que, tras un juicio de casi año y medio, "el criterio mantenido por la AVT ha quedado reflejado en la sentencia que hoy se ha dado a conocer". No obstante, recordó que el criterio del fiscal "varió sensiblemente en un momento en el que el mal llamado proceso de paz estaba en marcha, rebajando la petición de penas" .

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