La Justicia, frente a los planes B y C de Batasuna
Batasuna quiere estar en las elecciones del 22 de mayo. El Gobierno, el TS y el TC tienen las llaves para evitar el fraude de ley.
El Tribunal Supremo admitió a trámite este jueves la demanda de la Abogacía del Estado donde se sostiene que Sortu es la sucesora de la ilegal Batasuna. Por su parte, la Fiscalía ya ha anunciado que presentará el próximo lunes su correspondiente demanda.
El objetivo común que ambas instituciones persiguen es evitar que la nueva marca de Batasuna, Sortu, esté presente en las elecciones municipales en el País Vasco el próximo 22 de mayo.
A partir de ahora, el camino judicial abierto dependerá de la Sala del 61 del Tribunal Supremo y, posteriormente, del Tribunal Constitucional. Para vislumbrar el proceso jurídico que acaba de arrancar hay que remontarse al "precedente exacto" del caso Sortu: a la pretensión de inscripción de Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) en marzo de 2007.
La vía legal utilizada ahora es la misma que entonces: el incidente de ejecución de sentencia. Debido a que Sortu aún no ha desarrollado su actividad política y ya que no se encuentra inscrito en el Registro de Partidos del Minsiterio del Interior no se puede ilegalizar como tal. Pero sí que se puede evitar su inscripción demostrando que sus estatutos y sus promotores violan la sentencia de marzo de 2003 del Tribunal Supremo donde se ilegalizó Batasuna.
La importancia de que el Alto Tribunal haya admitido a trámite con tanta celeridad la demanda radica en que, atendiendo a los artículos 4.2 y 5.6 de la Ley de Partidos, esta mera admisión impedirá a la nueva marca electoral de ETA actuar como formación política en la campaña para las locales y forales vascas, ya que a partir de ahora quedan bloqueadas cautelarmente sus actividades políticas.
Una vez que el Ministerio Fiscal haya presentado su demanda, es probable que el TS acumule ambas en una misma pieza jurídica. Entonces, las partes –Sortu, Batasuna, la Abogacía del Estado y la Fiscalía- deberán presentar sus alegaciones y solicitar las diligencias que estimen oportunas. Entre ellas, están las pruebas testificales por lo que cabe la posibilidad de que los promotores de Sortu acudan a declarar al Supremo. Algo que, por ejemplo, sucedió en el caso de ASB.
Los testimonios podrían alargar este procedimiento aunque, según señaló el presidente del Supremo Carlos Dívar la semana pasada, su intención es resolver el incidente antes de la cita con las urnas. Fuentes jurídicas consultadas estiman que la tramitación de la demanda durará en torno a un mes o un mes y medio.
Plan B y C de Batasuna
La Sala que deberá decidir sobre la misma presidida por Dívar y formada por los presidentes de cada una de las cinco salas que integran el Alto Tribunal y los magistrados más antiguos y más modernos de cada sala.
Los sucesivos nombramientos en el Tribunal Supremo desde 2009 han motivado que la práctica totalidad de los magistrados más modernos sean nuevos. La composición de la actual Sala del 61 mantiene un equilibrio de fuerzas entre magistrados progresistas y conservadores. Etiquetados en el ala más a la izquierda se encuentran los jueces Gonzalo Moliner, Rafael Gimeno Bayón, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Ramón Alarcón, José Manuel Sieira, José Luis Calvo Cabello y Juan Antonio Xiol Ríos. Se consideran de corte conservador: Ángel Calderón, Carlos Lesmes y Ricardo Enríquez, Juan Saavedra, Jesús Corbal, Carlos Granados y Aurelio Desdentado. Si el Supremo impide a Sortu inscribirse como partido, los batasunos podrán recurrir en amparo al Tribunal Constitucional.
Junto a este plan A de ETA para colarse en las instituciones democráticas podría haber un plan B y, en su caso, un plan C.
El plan B consistiría en tratar de concurrir a las urnas a través de agrupaciones locales de electores, es decir, a través de listas blancas formadas por un conjunto de ciudadanos que se asocia temporalmente con el único fin de presentar su candidatura a las próximas elecciones locales y forales del País Vasco.
En caso de que los batasunos usen este segundo supuesto jurídico, la Fiscalía y la Abogacía tendrían que volver a presentar una demanda ante el Tribunal Supremo y se comenzaría un nuevo procedimiento judicial que podría finalizar también en el Constitucional. Ese método ya fue utilizado sin éxito en las municipales de 2004 y 2007 .
El plan C se basaría en recurrir a partidos preexistentes ya inscritos en el registro del Ministerio del Interior. Esto mismo fue lo que hizo por ejemplo Batasuna con Acción Nacionalista Vasca (ANV) o el Partido Comunista de Tierras Vascas (PCTV), formaciones que ellos ya controlaban. Ahora, en cambio, podrían tratar de colocar ‘candidatos independientes’ en las listas que presenten partidos afines como Eusko Alkartasuna (EA) o Alternatiba.
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