La Justicia da la razón a Losantos y anula la querella del comisario de Vallecas
Un juzgado de Madrid ha declarado sin efecto la querella que el comisario de Vallecas interpuso contra Jiménez Losantos.
El juzgado de lo Penal número 26 de Madrid ha anulado la querella que el excomisario de Vallecas Rodolfo Ruiz –que ocupaba este cargo cuando se produjeron los atentados del 11M- interpuso contra el director de Es la Mañana Federico Jiménez Losantos al estimar que la presunta comisión de los delitos de injurias y calumnias por parte del periodista han prescrito.
El auto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, destaca que la última reforma del Código Penal estima que dichos delitos prescriben al año de ser cometidos. Los hechos se remontan al 17 de abril de 2008 cuando Ruiz se querelló contra Jiménez Losantos por un delito de injurias y calumnias.
En dicho documento judicial, el excomisario acusó a Jiménez Losantos de lanzar "una campaña de desprestigio personal y profesional contra varios miembros del Cuerpo Nacional de Policía y contra él". Aunque la querella iba dirigida contra el periodista de esRadio el documento señalaba que "desde aproximadamente el mes de marzo de 2006 desde diferentes medios de comunicación se ha pretendido intoxicar a la opinión pública con las más peregrinas teorías sobre la autoría de los atentados. Se ha llegado a afirmar que los atentados han sido cometidos, o al menos, dirigidos, por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en connivencia con ETA y grupos islamistas".
El 29 de abril de 2008 el juzgado de Instrucción Número 4 de Madrid admitió a trámite la querella. El 21 de octubre la defensa del comunicador se opuso a esta acción legal y pidió que se archivase el caso alegando que "se había cumplido el plazo de prescripción del delito que se imputa ya que los delitos de calumnia e injuria prescriben al año". La transcripción de las grabaciones de las tertulias radiofónicas donde Federico Jiménez Losantos habló sobre el entonces comisario Rodolfo Ruiz demuestran que pasaron más de doce meses desde que se presentó la querella.
Además, el periodista defendió ante la Justicia que sus palabras eran "expresiones veraces sobre hechos noticiables y de opiniones vertidas dentro de los límites y el deber de informar y exponer sus ideas". Lo cierto es que los hallazgos producidos en la comisaría de Vallecas a raíz de los atentados del 11M propiciaron una investigación al respecto y que se publicaran numerosas informaciones referidas a la masacre en diferentes medios periodísticos.
Por su parte, la defensa de Jiménez Losantos sostuvo que la vigente doctrina que emana del Tribunal Constitucional estima que el procedimiento se dirige contra el culpable desde el momento en el que el instructor admite a trámite la querella. Esta doctrina es la que sostuvo el Tribunal Constitucional cuando absolvió a "los Albertos", los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer, por un delito de estafa en el marco de caso Urbanor. La querella se interpuso el 17 de abril de 2008, fue admitida a trámite el 29 de ese mismo mes mientras que los últimos hechos denunciados son del 6 de mayo de 2006.
Ahora, el juzgado número 26 de lo Penal da la razón a la defensa del periodista y señala que en este caso "concurre la figura de la prescripción del delito".
Por otro lado, recordar que la Audiencia Provincial de Madrid condenó en 2006 a Rodolfo Ruiz, quien fue nombrado comisario jefe de la Brigada Provincial de Información, por la detención ilegal de dos afiliados al Partido Popular a los que se acusó, sin base alguna, de agredir al exministro de Defensa José Bono durante una manifestación de víctimas del terrorismo. Junto a él fueron condenados también dos inspectores de su brigada por los mismos hechos. El comisario de la "mochila de Vallecas" recibió una condena de dos años de cárcel por detención ilegal, tres años por falsear el atestado y 1.080 euros de multa por coacciones a sus subordinados, además de 10 años de inhabilitación.
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