El Ministerio Público pedía su ingreso en la cárcel al entender que existe en su caso un elevado riesgo de fuga ya que ambos acumulan otras condenas de tres años y seis meses por delitos de desórdenes públicos y resistencia a la autoridad, pendientes de confirmación por parte del Tribunal Supremo.
En dos autos hechos públicos este lunes, los magistrados Ángel Hurtado, José Ricardo de Prada y Enrique López rechazan la petición de la Fiscalía al entender que "las penas impuestas son de tan corta duración que en modo alguno pueden justificar una medida de prisión provisional".
A pesar de ello, los tres jueces reconocen que la mera probabilidad de ingresar en la cárcel, aunque sea durante un breve plazo, "aumenta el riesgo de fuga". Por ello, imponen a los dos condenados la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado más cercano a su domicilio y la prohibición de abandonar el territorio español.
La Audiencia Nacional condenó a un año de cárcel y siete de inhabilitación absoluta a Aritz Labiano y Haritz Garatxotenea el pasado mes de agosto por los vivas a ETA que profirieron en septiembre de 2009 en Zarautz (Guipúzcoa), durante un acto de conmemoración de víctimas de fusilamientos durante el franquismo. La principal prueba de cargo fue el testimonio de un vecino que denunció a los jóvenes a la Ertzaintza.
Este testigo aseguró que había sufrido amenazas por lo que el tribunal lo declaró testigo secreto e impidió que los acusados pudieran conocer su identidad. Los jóvenes reconocieron haber acudido a la manifestación de Zarautz, si bien negaron haber proferido expresiones de apoyo a la organización terrorista.
Los hechos se produjeron durante un acto de conmemoración del fusilamiento durante el franquismo de 'Txiki y Ataegi' en Zarautz (Guipúzcoa).