(Libertad Digital) El ex policía Ayman Maussili Kalaji tendrá que hacer frente a las costas del juicio promovido tras su querella contra Federico Jiménez Losantos y la COPE. El juzgado de primera instancia número 67 de Madrid absuelve al director de La Mañana por entender que sus opiniones sobre el ex policía, que confesó haber liberado teléfonos móviles usados en el 11-M, partían de informaciones veraces publicadas por el diario El Mundo y que entran dentro de la libertad de expresión. Sigue la presión contra los que continúan reclamando la verdad de los atentados pero, por ahora, se queda en los archivos de los juzgados.
Acaba de conocerse la sentencia absolutoria sobre la querella interpuesta en 2006 por el ex policía nacional Ayman Maussili Kalaji contra Federico Jiménez Losantos.
El policía de origen sirio alegó vulneración del derecho al honor por parte del director de La Mañana de la COPE ya que, en su opinión, se le atribuía la comisión de hechos relacionados con la masacre del 11 de marzo. El ex policía reclamaba una indemnización “en función del daño moral ocasionado” de 120.000 euros y la publicación en el diario El Mundo del texto literal de la sentencia. Nada de ello consigue. La sentencia absuelve a los demandados –Jiménez Losantos y COPE– e impone las costas del proceso al ex agente “que ha visto totalmente rechazadas sus pretensiones”. Por supuesto rechaza tasar económicamente el daño moral arbitrariamente fijado por su defensa.
Las opiniones de Jiménez Losantos fueron expresadas en diversas tertulias emitidas en el programa La Mañana que dirige a raíz de las informaciones publicadas por el diario El Mundo. En dichas tertulias también estaba presente el director del citado diario, Pedro J. Ramírez, colaborador habitual de COPE. Las informaciones de referencia parten sobre todo de una entrevista de El Mundo al ex policía nacional de origen sirio Ayman Maussili Kalaji, y consentida por él, en la que admite que los móviles usados en el atentado habían sido liberados en su tienda, en la que realizaba una segunda actividad mientras estaba de baja.
La parte demandada –Jiménez Losantos y COPE– invocó el derecho de difundir información veraz a través de los medios de comunicación y, sobre todo, a ofrecer a los oyentes de COPE información veraz sobre el papel de Kalaji en los atentados del 11-M reflejada en los reportajes del diario El Mundo. El propio Kalaji reconoció en el juicio que era cierto que en su tienda se liberaron móviles luego usados según la sentencia del 11-M en las bombas de los trenes. Por tanto, ni el demandante discute que la información es cierta.
Lo que la sentencia entiende es que entonces las opiniones vertidas sobre un hecho cierto no acaban vulnerando derecho alguno del demandante. Su nombre era ya público y se estaba investigando la masacre por lo que la relevancia del hecho y del personaje son indudables. El diario que dirige Pedro J. Ramírez publicó, además de la entrevista, varias informaciones sobre el policía en las que se le relacionaba con imputados clave como el también sirio Moutaz Almallah y su hermano Mouhannad así como su papel en el control de grupos islamistas.
Por ello, la propia policía realizó un informe sobre Maussili Kalaji a partir de las informaciones de El Mundo en el que se dice, entre otras cosas, que “tiene el perfil correspondiente a un islamista habiendo participado de forma efectiva en una delicada operación en los equipos telefónicos, sin cuyo trabajo no hubiera sido posible la utilización de las tarjetas telefónicas utilizadas por los terroristas y en consecuencia no hubiera sido posible la utilización de los mismos como temporizadores (...) Aunque no existan evidencias de una actuación maliciosa, existen múltiples elementos para dudar de una acción ingenua del mismo en esa operación”.
En resumen, las expresiones utilizadas por Federico Jiménez Losantos sobre Kalaji son fiel reflejo de lo publicado por El Mundo y que el tribunal entiende como información veraz toda vez que además se ve ampliada por un informe policial que alude a Kalaji como islamista radical.
- El contenido de la emisión aquí enjuiciada cumple "prima facie" con los requisitos expuestos al haberse demostrado que las declaraciones que reproduce la cadena realmente existían y que lo manifestado por D. Federico Jiménez Losantos coincide con lo trascrito en la noticia, que a su vez el Sr. Kalaji manifestó al periodista del diario El Mundo.
El tribunal considera demostrada la identidad entre la información y la opinión vertida y comprende que no es exigible que en el discurrir de una tertulia se usen siempre los términos literales aparecidos en la información. La sentencia en primera instancia no es firme y contra ella cabe recurso.
Los hechos sobre los que versa esta sentencia se remontan a informaciones que comenzaron a aparecer en 2005 y podrían suponer un antecedente a las otras acciones judiciales abiertas contra El Mundo, la COPE y Federico Jiménez Losantos por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) que coinciden con la presentada por Kalaji. El SUP alega también vulneraciones del derecho al honor por informaciones y opiniones sobre miembros del citado sindicato que han sido protagonistas en el proceso por el 11-M.