Billythe: Desconozco si a la boda de la hija de Garzón asistió Botín. Ni siquiera sabía que su hija estuviera casada. Será como dices, pero si me puedes poner el enlace te lo agradecería.
En cuanto a quien le pagaba a Garzón, no fue el Banco de Santander. Te transcribo el F.J. 4º, que dice así:
"CUARTO.- Percepciones económicas.
El juez querellado fue invitado en calidad de Visitante Distinguido por el
Centro Rey Juan Carlos I de España y por el Centro de Derecho y Seguridad de la Facultad de Derecho mediante carta datada en 15 de diciembre de 2004 que firmaban sendos responsables de tales instituciones. No consta que esa iniciativa fuese promovida por persona alguna vinculada a la entidad bancaria BSCH, SA.
El Centro Rey Juan Carlos I de España asumió el pago de gastos de viaje por 21.152 dólares y la escolarización de la hija del aforado en la Escuela Internacional de Naciones Unidas por un importe de 21.650 dólares.
En el Centro Rey Juan Carlos I Rey de España se encargó de la
organización de las actividades denominadas "Diálogos Transatlánticos" y "Seguridad Jurídica", cuya realización fue decidida con posterioridad a que hubiese sido decidido el nombramiento del aforado para la cátedra "Rey Juan Carlos I Rey de España de Civilización y Cultura".
El Ilmo. Sr. D. Baltasar Garzón desempeñó la función de coordinador y
moderador en esos coloquios. Por tal concepto no percibió retribución alguna. Al haber "entrado en nómina", en la Universidad de New York, no podía, según la certificación aportada, percibir cantidad alguna por participar en actividades en la citada universidad.
En ese centro el citado Juez realizó otras varias actividades.
Este Centro Rey Juan Carlos I Rey de España fue el beneficiario del
patronazgo del Banco Santander Central Hispano S.A. quien le entregó 302.000 dólares que fueron destinados a la planificación y celebración de las dos citadas actividades.
El Centro Derecho y Seguridad satisfizo al querellado Ilmo. Sr. D Baltasar Garzón la cantidad de 160.333,14 dólares en concepto de sueldo".
Eso es lo que dice...
Yo ya no sé el resto... Es muy comprensible la duda de Cigarral, a quien le devuelvo el saludo, diciendo: "¿Desconocía el BSCH el destino final de su "generosa aportación"? En esto el Supremo no quiere ni entrar".
No obstante, habrá "segunda parte", porque Dívar ha dicho que el CGPJ no puede entrar todavía en el asunto disciplinario habida cuenta que la Sala II del TS no les ha remitido nada, toda vez que el Letrado querellante ha interpuesto un Recurso de Súplica contra el Auto de 2-2-09. Por tanto, se complementarán los razonamientos.
Sé algo de Manolo Medina, a quien conozco personalmente, y le creo muy capaz de haber hecho gestiones ante el Banco para conseguir dinero, como dice el Letrado querellante.
Esperemos a ver.
Terminat,
Hay un hecho demoledor: a Garzón no le pagó el Centro Juan Carlos I, le pagó el Banco de Santander, hecho que fué ocultado por la Universidad de Nueva York cuando el TS le pidió datos sobre la estancia del juez. Y surge la pregunta de por qué la Universidad de Nueva York ocultó ese dato, no me extrañaría nada que fuese a petición del dador de la pasta, el Banco de Santander, para salvarle el culo a Garzón, a la boda de cuya hija y favorecida también por la generosidad del Santander, asistió Botín., qué casualidad, ¿no? Que tenía que haberse abstenido en la querella es de libro. Con muchas menos pruebas y desde luego menos dádivas por medio tiene el propio Garzón imputado a Camps, por ejemplo.
TERMINAT, soy CIGARRAL: te contesto desde otro dominio, porque estoy ya fuera y sin mi ordenador. Te contesto con todo el respeto que me merecen tus coherentes comentarios, que suelo leer.
El F J 5º está referido a la prevaricación "activa", respecto a la que no tengo nada que decir.
El F J 7º dice lo que dice, pero no puedo estar de acuerdo. Aún siendo verdad que la "generosa aportación" es anterior a la querella, la querella estaba más que anunciada con anterioridad. Aún desechando esta posibilidad, lo cierto es que Grazón conoció de la querella después de la "generosa aportación" y no se abstuvo. El Supremo argumenta que no cabe el cohecho (punto flaco del auto del Supremo) porque la "dádiva no fue directa sino interpuesta, cuestión esta puesta en entredicho por las posteriores noticias. Y aquí es donde nace mi punto de vista contradictorio al Supremo, que no ha querido ver lo anormal que es que el BSCH sse decique a sufragar curos tan extraoridinarios.
La sentencia guarda la coherencia de cualquier sentencia dictada por expertos juristas que saben guardar las formas para ocultar los fondos. Disiento de la oposición del Supremo sobre la duda a penalizar la prevaricación pasiva (por no abstenerse), pero mucho más grave es que se nieguen a investigar el verdadero origen de un dinero absolutamente exagerado (en atención a los normales emolumentos de un juez). Aquí nadie da duros a peseta y aunque teóricamente sea lícito que se pague lo que se quieraa por lo que se quiera, cuando se pagan tan extraordinarias cantidades, es difícil creer que el que paga no sepa el fin de sus fondos, como se ha demsotrado con las noticias posteriores.
Lo de los funcionarios me lo creo, pero fíjate que a los que tu dices les suspendieron cautelarmente. No se las causas de la absolución; si fue por cuestiones de fondo o de forma. Pero ese caso que me dices no es (seguro que tu no lo pretendes) eqivalente a decir que esos casos son legales. Podrá consikderarsd que no se ha probado la ilicitud, pero no que los hechos probados sean lícitos. Por cierto ¿por qué no fue recurrido?
Un abrazo
Perdona que te contradiga, Cigarral, pero en el F.J. 5º del Auto del TS de 2-2-09 se lee:
"QUINTO.- Resoluciones recaídas en la causa tramitada en el Juzgado del que es titular el querellado. Esa causa, a la que hace referencia la querella que valoramos, tuvo su origen en la querella interpuesta por D. Rafael Pérez Escobar, decidiendo el aforado en resolución de 4 de octubre de 2006, incoar Diligencias Previas y registrándose la causa como las nº 310/2006, al tiempo que daba traslado al Ministerio Fiscal para informe sobre competencia, alcance delictivo de los hechos y
en su caso diligencias a practicar. Emitido informe por éste, que lo evacuó instando la inadmisión de la querella, el Ilmo. Sr. D Baltasar Garzón resolvió el 27 de noviembre de 2006 que no procedía admitir a trámite aquélla. Y lo hizo justificando la resolución al reprochar a la querella que se fundaba en una "cadena de hipótesis no contrastadas" contraponiendo los informes en su día emitidos por los auditores externos, Banco de España y organismos que estuvieron al frente o
autorizaron la intervención de BANESTO, con el informe de parte en que la querella se funda...".
Por cierto, el Auto de Garzón fue recurrido y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desestimó el recurso de apelación (también lo dice el Auto del TS); por tanto, difícilmente puede haber prevaricación sin meter por medio también a los magistrados de la Sala...
Luego, en el F.J. 7º dice respecto del patrocinio del Curso y de la fecha de interposición de la querella lo siguiente:
"Y desde luego no cabe decir que la entrega lo fuese con la finalidad de
dictar resolución de contenido determinado en relación con la querella
interpuesta por D. Rafael Pérez Escolar, ya que ésta interposición es posterior a aquel patrocinio".
Lo que dices de los cursos o ingresos extras de los funcionarios es muy interesante.
De hecho yo he conocido casos "muy interesantes", como el de unos inspectores de educación expedientados (y suspendidos cautelarmente de empleo y sueldo) por abrir una academia desde la que fuera de su jornada preparaban a docentes para aprobar las oposiciones a distintos cuerpos docentes; oposiciones en las que ellos mismos formaban parte del Tribunal...
...Y no pasó nada. Ganaron el juicio (en un juzgado de lo contencioso-administrativo).
La Sentencia no se recurrió ante el TSJ.
¿Curioso, no?
Pues eso.
Pues perdona Terminat, pero el auto del Supremo no se basa en ninguna de las cosas que dices tu. Viene a considerar que no existe cohecho porque la dádiva del BSCH no se hizo directamente a Garzón, sino al Centro Rey Juan Carlos I, sin que se hubiera demostrado que el BSCH lo hiciese para conseguir alguna resolución de Garzón como funcionario. Considera que no hay prevaricación porque estima suficientemente argumentado su auto de archivo (con "exquisitez técnica", dice el auto del Supremo). Y luego considera que no cabe la prevarización por no abstenerse del caso (al poder haber existido una relación de amistad o relación con los representantes del BSCH a consecuencia de la dádiva millonaria) porque, en el caso de tener que haberlo hecho, eso está tipificado como infracción disciplinaria, que no penal.
Y después de este rollo, resumo: El Supremo no ha tenido narices para hilar lo evidente y ver negro sobre blanco. ¿Se dedica el BSCH a pagar cursitos millonarios de cualquiera en EEUU? ¿Puede alguien dudar que esa "generosa aportación" se hizo a Garzón por ser quien es? ¿Desconocía el BSCH el destino final de su "generosa aportación"? En esto el Supremo no quiere ni entrar. Le ha dado canguis. Pero ha abierto un melón cojonudo. mañana los funcionarios que quieran cometer cohecho lo tiene claro: se dedicarán a pintar cuadros o dar charlas que los pagarán empresas interpuestas por los que insten al cohecho. Eso no colará para nadie, excepto para Garzón, claro.
Otra cosa que no se conoce es que Manolo Medina, antes de estudiar Derecho, fue policía durante muchos años... Tampoco se conoce que, como abogado, deja bastante que desear (en realidad ha ejercido poco) limitándose a pleitos ejecutivos de su banco. Eso sí, Manolo Medina conseguía muy buen "cartel" con jueces y magistrados, y aun con los funcionarios.
Una de sus costumbres era pasarse y pasearse por los juzgados días antes del Sorteo de Navidad y repartir décimos de lotería para ese sorteo comprados de su bolsillo. Por tanto, los funcionarios lo adoraban, le llamaban "Don Manuel" y cualquier cosa que les pidiera, la tenía conseguida de antemano.
¿A que es curioso?
Sí, Erinias, Manolo Medina es amigo de Garzón desde hace años. El problema es que, según el auto del TS que inadmite la querella contra Garzón, la referida querella se presentó después de la incorporación de Garzón a su juzgado, al que le correspondió por reparto. Distinto habría sido que, antes de pagarle el Centro Juan Carlos I la querella hubiera recaído en su Juzgado. Pero no fue así.
Y algo que se omite siempre, por eso hay que leerse el auto, es que Garzón sí admitió inicialmente a trámite la querella -como se hace habitualmente cuando reúne los requisitos formales exigidos por la LECrim-, y le da traslado al Fiscal, siendo éste (el Fiscal) quien solicita la inadmisión de la querella al Juez, y Garzón entonces la acuerda.
Es muy distinto...
Buenos días: Ya dije hace tiempo que cuando se conociera la relación de íntima amistad entre Garzón y su también abogado Manuel Medina Gonzalez - que se extiende desde su paso como Juez por Jaén hasta hoy, con trato permanente en Madrid y visitas constantes a su finca en Villanueva del Arzobispo - se podría entender lo ocurrido en relación tanto con su intervención respecto del procedimiento del BSCH como de las generosas remuneraciones en sus cursos de Nueva York.
Manuel Medina como letrado asesor del consejo del BSCH. Garzón Juez de la Audiencia Nacional que conoce de un asunto en el que está imputado el BSCH. Garzón como "conseguidor" de fondos del BSCH para unos cursos y demás en Nueva York. Garzón como participante y cobrador en los cursos- su hija también se benefició en algo- . Garzón vuelve a la Audiencia y...
Ahora que el CGPJ está en el "candelabro", me gustaría compartir una idea -"just a thought" que dirían los Yankys- que he lanzado en algún otro foro:
Parece ser un principio universalmente admitido -al menos de boquilla- que el Poder Judicial debe ser independiente del político. También parece evidente que para juzgar es necesario un cierto conocimiento de las Leyes y cierta especialización o entrenamiento mental sobre ciertos principios que constituyen la base de nuestro sistema jurídico, pero lo anterior no implica necesariamente que los jueces deban ser juzgados por sus iguales. Las razones de esto último no creo necesario recordarlas aquí, y no me vale aquello de la presunción de... porque los que peinamos algunas canas y estamos ya de vuelta de algunas cosas, sabemos que, como decía mi abuelo, hay más hijos de puta que gente, o por decirlo de forma más elegante, que la naturaleza humana tiene sus debilidades y sus limitaciones con las que hay que contar a priori si queremos construir un sistema social -en el amplio sentido del término- que funcione medianamente. Es por esto que siempre me ha parecido una soberana estupidez el principio de que todo el mundo es inocente hasta que no se demuestre lo contrario. La experiencia me ha enseñado que la correcta construcción de la idea es: todo el mundo es inocente mientras no se le presenta la ocasión adecuada para lo contrario. Pero en fin, me estoy apartando de la tesis inicial y metiéndome en un terreno peligroso.
Decía que las condiciones ya apuntadas no tienen que concluir necesariamente en que los jueces sean juzgados por sus iguales y estoy convencido de que el problema tiene fácil solución. Consistiría esta en que el CGPJ fuese sustituido por un tribunal construido ex profeso para entender en las causas que afectaran a Jueces y Magistrados. Podrían ser 6 o 12 vocales de renovación periódica -1 a 3 años- nombrados por la junta de colegios de Abogados entre los ejercientes de la profesión y jubilados de reconocido prestigio. Esta fórmula cumpliría con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y resultaría justa. Además, me consta que muchos de los profesionales de la Abogacía conocen las Leyes tanto o mejor que los jueces, con la ventaja añadida de que tienen, si cabe, mucha más experiencia que estos últimos en el mundo real, que por cierto, dista mucho de la torre de marfil en que habitan muchas Señorías. Por último, creo que no estaría de más que esta cofradía conociera en propia carne qué se siente cuando un extraño al clan puede tomar decisiones que tendrán una gran trascendencia en nuestra propia vida.
Vaya con la mala imitación de "richar guer". Si es que, en el fondo, los sociatas no son más que chorizos de poca monta con presupuestos sobredimensionados.
Pero que cosa más patética!!!