Este martes se aprueba la ley audiovisual catalana que concede plenos poderes al CAC
Finalmente se aprobará la ley que permite al CAC decidir si una información es veraz y aplicar sanciones en caso contrario. Las rectificaciones del PPC lo han puesto en bandeja. Primero anunció que apoyarían el texto. Después, solicitaron un informe al Consejo Consultivo que, al menos, retrasaba su tramitación. Al final, decidieron retirarlo, agilizando así su aprobación. En Bruselas, el mismo día la actuación del PP será bien distinta: Mayor Oreja y Luis Herrero presentarán las firmas del Manifiesto COPE. En Madrid el partido pedirá la condena de la actuación de Puig y Tardá a las puertas de la emisora.
Según la ley, las sanciones muy graves comportarán "una multa de desde 90.001 hasta 300.000 euros y la suspensión de la actividad por un plazo máximo de tres meses". Todo ello, vigilado por el CAC. Asimismo, la ley sostiene que "la información difundida por los medios de comunicación audiovisual ha de ser veraz", entendiendo por ello "la que se fundamenta en hechos que pueden someterse a una comprobación diligente, profesional y fidedigna".
Por otra parte, la ley plantea que cualquier cambio en la estructura accionarial o empresarial de los medios de comunicación audiovisual requiera de la autorización del CAC. "Cualquier proyecto de modificación de la estructura accionarial o empresarial de los operadores de medios de comunicación audiovisual requiere la autorización previa del CAC", dice el texto que se aprobará este martes.
Asimismo, el artículo 37.4 de la nueva ley asegura que "durante los tres primeros años el titular no puede hacer modificaciones en la composición accionarial que comporten un cambio sustancial en el control de la entidad correspondiente". En esta línea, la ley sostiene que, en casos de modificación de la estructura accionarial o empresarial de los operadores, "el CAC ha de resolver la operación de concentración o de transmisión en un plazo máximo de tres meses".
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