L D (EFE) La reforma del Código Penal, que introduce los artículos 506 bis, 521 bis y 576 bis, fue impulsada por el grupo parlamentario del PP en el Senado a través una enmienda en la tramitación de la Ley de Arbitraje.
La reforma afecta a la consulta popular prevista en la Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, elaborado por el lehendakari, Juan José Ibarretxe, y más conocido como "Plan Ibarretxe".
El método utilizado y el contenido de la reforma, aprobada definitivamente por el Congreso el 18 de diciembre, motivó las críticas de todos los grupos de la oposición, que incluso se negaron a votar la ley en las dos Cámaras en señal de protesta por incluir como delito algo que podría frenar las propuestas de Pasqual Maragall de convocar referendos en Cataluña.
El Código Penal establece a partir de ahora que la autoridad o funcionario que, careciendo manifiestamente de competencias o atribuciones para ello, convoque procesos electorales o consultas populares por vía de referéndum será castigado con penas de prisión de tres a cinco años y con inhabilitación absoluta por un tiempo superior en tres a cinco años a la pena impuesta.