El TS acusa a Batasuna de "instrumentalizar" a II para burlar la ley de partidos
El Tribunal Supremo, que ya ha anulado la lista de Iniciativa Internacionalista, ha justificado en un auto la decisión. Vincula la lista a Batasuna-ETA por su proximidad ideológica y los vínculos que con el entorno etarra mantienen algunos de los candidatos.
L D (Europa Press) El Supremo justifica la anulación la lista de Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos (II-SP) su convicción de que "se ha producido una instrumentalización de la candidatura" por ETA/Batasuna, con el objetivo de "eludir los efectos de unos pronunciamientos judiciales de ilegalización y disolución de unos partidos políticos, cuyo cese de actividad se pretende sortear".
En una resolución de 79 páginas dada a conocer pasadas las diez y media de esta noche, los magistrados que integran la denominada Sala del artículo 61 de Tribunal Supremo acogen las impugnaciones presentadas tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado el pasado jueves.
La decisión del Tribunal Supremo da una especial importancia a la no condena de la violencia por parte de la número 5 de la lista, la miembro de Corriente Roja y ex diputada de IU Ángeles Maestro, durante una rueda de prensa celebrada el pasado día 14 en la Facultad de Ciencias Políticas. Dado que en ese momento ya se habían impugnado las listas por parte de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, era necesaria una "inequívoca respuesta" que no se produjo.
Destaca igualmente que se haya pretendido burlar la Ley de Partidos Políticos "al socaire de una aparente y simple proximidad ideológica" con partidos de extrema izquierda.
El auto ha sido suscrito los 16 magistrados que integran la Sala del 61, si bien cinco de ellos -entre los que se encuentra el ponente, José Luis Calvo Cabello-, votaron en contra por considerar que no existía prueba suficiente para anular la candidatura. No obstante, y dados los perentorios plazos de resolución que otorga la Ley de Régimen Electoral a este tipo de procedimientos, ninguno de ellos ha formulado voto particular, según explicaron fuentes del alto tribunal.
La decisión será previsiblemente recurrida por los representantes legales de II-SP ante el Tribunal Constitucional. Este órgano deberá pronunciarse de forma definitiva sobre la presencia de la coalición en los comicios europeos antes de que de comienzo la campaña electoral, a la 00.00 horas del próximo viernes.
Los vínculos con el entorno de ETA
La resolución reconoce que los distintos procesos de impugnación de candidaturas y de ilegalización de partidos políticos "han dejado poco margen de actuación fraudulenta, de tal suerte que uno de los pocos resquicios sería el de la presentación indirecta a través de las candidaturas de partidos de extrema izquierda, con los que presentan cierta afinidad ideológica".
Otro elemento que han servido a la Sala para anular la proclamación de la candidatura de II-SP, encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, es el hecho de que tres de sus promotores (Maestro, la número dos Doris Benegas y Francisco Javier Belarra) presenten vinculación personal con dirigentes del entramado ETA/Batasuna, "participando en reuniones junto a dirigentes de la ilegalizada Batasuna y habiendo sido en algún caso candidatos de partidos ilegalizados".
Destaca asimismo las vinculaciones constatadas entre la agrupación juvenil Yesca, perteneciente a Izquierda Castellana, con las organizaciones ya ilegalizadas, pues participa concierta frecuencia en actos organizados por la ilegalizada Jarrai/Haika/Segi.
Respecto de los candidatos, se subraya la "vinculación subjetiva relevante" de los números 1 (Sastre) y 2 (Doris Benegas) de la lista. El primero porque fue candidato de la ilegal Acción Nacionalista Vasca (NV) en las últimas elecciones generales y también por un artículo publicado por el dramaturgo en el diario Gara donde se refiere a la conveniencia de que Batasuna no condene la violencia de ETA.
Así, el Supremo explica que la colocación de Sastre como cabeza de lista pese a ser ajeno a los partidos coaligados (Izquierda Castellana y Comuner@s) "no tiene otra razonable finalidad que la de movilizar el voto que, anteriormente habría correspondido a las formaciones abertzales sucesivamente ilegalizadas".
El alto tribunal reconoce que las vinculaciones de relevancia con el mundo de Batasuna concurren sólo en los números 1 y 2 de la lista, si bien destaca que "serían los únicos que realmente tendrían alguna posibilidad de ser elegidos, por lo que su potencial contaminante es muy superior al que podría tener ningún otro candidato".
Finalmente, el Tribunal Supremo se refiere a los avalistas, seis de los cuales tienen importante vinculación con el entorno de ETA. Lo importante es que su colaboración se produjo precisamente cuando retiraron su apoyo varios avalistas del PP y PSOE tras vincularse en prensa a II-SP con el mundo etarra.
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