L D (Agencias) La sala de lo penal del Alto Tribunal se pronuncia así en un auto notificado este jueves en el que acuerda no admitir a trámite la querella que el sindicato Manos Limpias interpuso contra el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y contra varios dirigentes del PSOE y del PSE, por la reunión que Patxi López y Rodolfo Ares mantuvieron con Arnaldo Otegi.
El Supremo dice que "vendría a ser un fraude constitucional" que alguien pretendiese "corregir la dirección de la política interior o exterior" que la Constitución encomienda al Gobierno democráticamente legitimado, y que sería "impropio" pensar que los tribunales controlan la acción del Ejecutivo y de los otros poderes del Estado sometiendo a enjuiciamiento penal a sus titulares. Recuerda también que, a pesar de que los tribunales "pueden ser llamados a controlar la acción del Gobierno", esta función está "específicamente atribuida a las Cortes Generales".
El Supremo dice que "vendría a ser un fraude constitucional" que alguien pretendiese "corregir la dirección de la política interior o exterior" que la Constitución encomienda al Gobierno democráticamente legitimado, y que sería "impropio" pensar que los tribunales controlan la acción del Ejecutivo y de los otros poderes del Estado sometiendo a enjuiciamiento penal a sus titulares. Recuerda también que, a pesar de que los tribunales "pueden ser llamados a controlar la acción del Gobierno", esta función está "específicamente atribuida a las Cortes Generales".
La querella de Manos Limpias sostenía que los dirigentes socialistas habían incurrido en delitos de prevaricación, desobediencia y quebrantamiento de medida cautelar. Sin embargo, el Supremo, al igual que la Fiscalía, sostiene que los hechos no son "constitutivos de ilícito penal alguno". Respecto al delito de desobediencia es necesario que haya una prohibición expresa de alguna acción, como sería la de reunirse con los integrantes de Batasuna: "Sin orden expresa, no puede existir negativa abierta a su cumplimiento", argumenta.
Respecto al delito de desobediencia es necesario que haya una prohibición expresa de alguna acción, como sería la de reunirse con los integrantes de Batasuna-ETA: "Sin orden expresa, no puede existir negativa abierta a su cumplimiento", argumenta. Además, recuerda que, a pesar de que los tribunales "pueden ser llamados a controlar la acción del Gobierno", esta función está "específicamente atribuida a las Cortes Generales".
En su querella, Manos Limpias recordaba el anuncio de Rodríguez Zapatero en el Congreso de iniciar un diálogo con ETA, pese a que el Supremo ilegalizó "el conjunto de organizaciones que componen la estructura terrorista ETA". Además aludía a informaciones periodísticas que hablaban de interlocutores y reuniones con ETA, así como a autorizaciones del PSOE para que el PSE mantenga un encuentro con el entorno de ETA.
Para Manos Limpias, la decisión de reunirse con Batasuna-ETA supone dar "por hechos consumados" a Batasuna-ETA "el estatus de organización legal en el ámbito comunitario". Esta actitud, a su juicio, "va en contra del derecho comunitario y contra el procedimiento de toma de decisiones de las instituciones comunitarias", lo que implica "no sólo introducir la inseguridad jurídica total", sino también "un desprestigio total" del Estado de Derecho "que España puede ofrecer a sus socios comunitarios".