L D (EFE) En una providencia dictada este viernes, la Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo, encargada de resolver las demandas, ha dado un plazo de 20 días al Ministerio Fiscal y a la Abogacía General del Estado para que presenten sus alegaciones finales.
Transcurrido ese plazo, los partidos demandados tendrán otros veinte días para formular alegaciones y el tribunal podrá decidir en los veinte días siguientes, lo que supone que a mediados de septiembre la Sala del 61 podría haber dictado sentencia sobre la ilegalización de ANV y PCTV.
La Sala del 61 está presidida por Francisco José Hernando, que sustenta también la presidencia del TS y del CGPJ, órgano que está en funciones desde hace más de un año y medio.
Si la renovación del CGPJ se produce antes de que se resuelvan las demandas de ilegalización, cambiaría la presidencia del Tribunal Supremo y, por tanto, la composición de la Sala del 61, que debe pronunciarse sobre la demanda de ilegalización presentada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
Transcurrido ese plazo, los partidos demandados tendrán otros veinte días para formular alegaciones y el tribunal podrá decidir en los veinte días siguientes, lo que supone que a mediados de septiembre la Sala del 61 podría haber dictado sentencia sobre la ilegalización de ANV y PCTV.
La Sala del 61 está presidida por Francisco José Hernando, que sustenta también la presidencia del TS y del CGPJ, órgano que está en funciones desde hace más de un año y medio.
Si la renovación del CGPJ se produce antes de que se resuelvan las demandas de ilegalización, cambiaría la presidencia del Tribunal Supremo y, por tanto, la composición de la Sala del 61, que debe pronunciarse sobre la demanda de ilegalización presentada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.