El Supremo desestima los recursos de Rajoy y Mayor Oreja contra Arzalluz
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos del presidente del PP, Mariano Rajoy, y el eurodiputado Jaime Mayor Oreja contra el ex presidente del PNV, Xabier Arzalluz, por unas declaraciones de 2003 sobre los intereses de la familia Mayor Oreja en empresas privadas de seguridad.
LD (Ángela Martialay) El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos presentados por el presidente del PP, Mariano Rajoy, y el eurodiputado Jaime Mayor Oreja contra el ex presidente del PNV, Xabier Arzalluz, por unas declaraciones sobre los intereses de la familia Mayor Oreja en empresas privadas de seguridad.
Así lo ha acordado la Sala de lo Civil del TS en una sentencia, en la que desestima los recursos interpuestos por Rajoy y Mayor Oreja contra la dictada resolución judicial dictada en julio de 2003 por la Audiencia Provincial de Vitoria.
La demanda de protección del derecho al honor de los populares fue presentada a raíz de unas declaraciones de Arzalluz en febrero de 2002. En ellas el peneuvista dijo que “no quiero pensar que Rajoy esté anunciando un principio de privatización de la policía" y que haya que "acudir a las compañías privadas en las que, por cierto, la familia Mayor Oreja tiene amplios intereses". Por aquel entonces el presidente de los populares ocupaba la cartera de Interior.
Antes de que la demanda llegase al Supremo, ésta ya había sido desestimada por el juzgado de Número 5 de Vitoria y por la Audiencia Provincial. Esta última desestimó así el recurso de Rajoy y los hermanos Jaime, José María y Carlos Mayor Oreja y les impuso las costas del recurso, lo que confirma el TS.
Las declaraciones de Arzalluz eran "veraces"
En esta sentencia, la Audiencia consideró que Arzalluz no realizó una imputación de connivencia o prevaricación entre Rajoy y la familia Mayor Oreja y que dichas declaraciones tampoco suponen una vulneración del derecho al honor de ninguno de los demandantes.
Concluyó además que estas declaraciones entran dentro de la libertad de expresión de un político sobre un asunto de interés general y de la libertad de información, ya que considera "veraz" la afirmación de que la familia Mayor Oreja tiene "intereses" en empresas privadas de seguridad. Asimismo, la audiencia da por probados los hechos afirmados por el político vasco.
El fallo recogía que, según el Boletín Oficial del Registro Mercantil, José María Mayor Oreja es consejero de una empresa dedicada a la prestación de servicios de vigilancia, protección y defensa de empresas y preside la compañía Falcón Contratas y Seguridad, de la que es apoderado su tío Marcelino Oreja. Además, los tres hermanos de la familia Mayor Oreja fueron socios hasta 1994 en una sociedad que tuvo "porcentajes más o menos significativos" del capital de dos empresas de seguridad.
Ahora el Supremo sostiene que el requisito de la veracidad se cumplió en las opiniones de Arzalluz, "como lo demuestra la amplia prueba documental aportada en la contestación a la demanda interpuesta por los recurrentes", documentos que no se impugnaron
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