El Supremo no ve delito en las reuniones de López e Ibarretxe con Batasuna
El Tribunal Supremo no aprecia delito en las reuniones que mantuvieron el lehendakari Patxi López y su antecesor, Juan José Ibarretxe, con la cúpula de Batasuna- ETA en 2006. El Alto Tribunal ha acordado el sobreseimiento libre de la causa.
Tras más de tres horas de deliberaciones, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado este miércoles archivar por unanimidad la causa abierta contra el actual lehendakari, Patxi López, su predecesor en el cargo, Juan José Ibarretxe y el ahora consejero del Interior del gobierno vasco Rodolfo Ares por las reuniones que mantuvieron con la cúpula de Batasuna-ETA en 2006.
De esta forma, el Alto Tribunal responde al recurso presentado por las asociaciones de víctimas del terrorismo Dignidad y Justicia y el Foro de Ermua que pidieron que se reabriera la causa tras ser archivada ésta hace un año por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Las víctimas argumentaron en su recurso que tanto López, como Ibarretxe y Ares habían incurrido en un delito de desobediencia al reunirse con una formación ilegalizada en marzo de 2003 por la máxima instancia judicial española.
Para ello pedía en su recurso que se aplicase la conocida como "doctrina Atutxa" donde el Supremo sostuvo que cuando el delito no tiene perjudicado directo, sino que éste es la sociedad en general, la acusación popular está suficientemente legitimada para decidir la apertura del juicio oral aunque el fiscal no acuse. Sin embargo, el tribunal no se ha pronunciado el sentido que defendían las víctimas.
No hay delito de desobediencia
Ahora, el Supremo adelanta el fallo de una sentencia que se hará pública en los próximos días y coincide con la justicia vasca al afirmar que no hay delito en los encuentros que mantuvieron los dirigentes políticos con miembros de Batasuna durante la tregua de ETA en 2006. De esta forma, tanto el lehendakari como su consejero de Interior y el exjefe del Gobierno vasco no tendrán que volver a sentarse en el banquillo de los acusados.
La Sala, integrada por los magistrados Juan Saavedra, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, José Manuel Maza y Alberto Jorge Barreiro, ha entrado este miércoles a analizar tanto la forma como el fondo de la cuestión. Primero, los magistrados aceptaron por cuatro votos contra uno que las citadas asociaciones de víctimas se personasen como acusación popular en la causa para, a continuación, archivarla por unanimidad.
Cuando la sentencia se haga pública contará con el voto particular de uno de los jueces de la Sala que ha sostenido que Dignidad y Justicia y Foro de Ermua no estaban legitimadas para ejercer de acusación popular en el proceso.
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