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El Supremo apura el plazo para pronunciarse sobre las listas que el Gobierno impugna a ETA sin tocar sus feudos electorales

Antes de medianoche de este sábado, el Tribunal Supremo debe pronunciarse sobre las listas de ANV (Acción Nacionalista Vasca) y las plataformas de electores de Abertzale Sozialistak, pantallas electorales de Batasuna-ETA. La llamada Sala del 61 del alto Tribunal ha reanudado a las once horas su deliberación y dispone de plazo hasta las cero horas del domingo para emitir un veredicto. Entretanto, distintos socialistas históricos y cargos públicos del PSOE en el País Vasco se han unido para denunciar el regreso de ETA a las instituciones, gracias a la permisividad con determinadas listas de feudos electorales proetarras, que ni Gobierno ni Fiscalía han impugnado.

LD (Efe) Los 16 magistrados de la llamada Sala del 61 del Tribunal Supremo se reunieron, pasadas las once horas de este sábado, para estudiar los recursos de la Fiscalía y el Gobierno contra las listas de Acción Nacionalista Vasca (ANV) y de las agrupaciones electorales de Abertzale Sozialistak, que deben resolver antes de medianoche.

Según informaron fuentes del Alto Tribunal, los magistrados dictarán antes de que venza ese plazo dos sentencias distintas: una referida a las agrupaciones electorales y otra relativa a las candidaturas de ANV, una formación legal inscrita en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior desde 1977 y que en sus estatutos hace una mención expresa al repudio de la violencia.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado han impugnado la totalidad de las candidaturas de Abertzale Sozialistak y 110 y 122 listas, respectivamente, de las 256 que ha presentado ANV en el País Vasco y Navarra para concurrir a las elecciones del próximo día 27.

Los magistrados estudian los recursos después de decidir anoche que el procedimiento utilizado por el Ministerio Público y por los servicios jurídicos del Estado para impugnar las listas de ANV, basado en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) es válido.

La sala especial se pronunció sobre esta cuestión, después de pedir informes a las partes, en vista de que la Ley de Partidos no contempla expresamente la impugnación de candidaturas concretas de una formación política legal.

La decisión que adopte el Supremo respecto de las candidaturas impugnadas podrá ser recurrida en amparo por las que resulten anuladas ante el Tribunal Constitucional, que deberá establecer definitivamente cuales pueden concurrir a los próximos comicios antes de la medianoche del próximo jueves, momento en el que comenzará la campaña electoral.

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