Colabora

El relato de las manipulaciones, falsificaciones y coacciones

 

La Fiscalía no ve delito
 
En los antecedentes, la Sentencia deja claro que "El Ministerio Fiscal y las respectivas defensas de los acusados Rodolfo Ruiz Martínez y otros dos policías, en sus conclusiones también definitivas, se mostraron disconformes con las acusaciones particulares por  estimar que tales acusados no habían cometido hecho delictivo alguno, interesando su libre absolución".
 
Constantino también miente
 
Al término de una reunión de Constantino Méndez Martínez con integrantes de la AVT, el Delegado del Gobierno se reunió con los medios de comunicación para decir que “calculaba que pronto habría identificaciones y detenciones porque había suficientes indicios en la investigación policial” y que la Policía tenía información y documentos gráficos suficientes para identificar a las personas que estaban en el entorno del Ministro de Defensa, José Bono, cuando se produjo la agresión".
 
La sentencia argumenta que esa afirmación: "no respondía a la realidad, pues la investigación policial en la tarde del día 24-1-05 no reflejaba ni agresiones al señor ministro, ni identificaciones de clase alguna de participantes en los incidentes, tal como se viene reseñando".
 
"Jefe, no se ve nada..."
 
No era una frase hecha. La sentencia recoge las intenciones de Rodolfo Ruiz. No se discutía la agresión. Lo había dicho Bono:
"Hazlo o vamos a tener problemas..."
 
La negativa a practicar detenciones ilegales tiene un alto precio con el comisario Ruiz. el inspector jefe, por orden del propio Rodolfo Ruiz Martínez, indicó al instructor del atestado que cuando llegaran a la comisaría los militantes del PP "les detuviera y leyera sus derechos, a lo que éste se negó por entender que no tenían pruebas hasta ese momento que les inculparan". La respuesta no dejaba lugar a dudas: “hazlo o vamos a tener problemas".
 
Pero como el policía insistió en su honestidad, pasó lo que recoge así la sentencia:
Asumió la instrucción el inspector acusado, por indicación de Rodolfo Ruiz y lo primero que dispone es "que requiera de nuevo la comparecencia en la Brigada de los escoltas del ministro señor Bono pues no le gustaba como les habían tomado comparecencia tal secretario y el entonces instructor por lo que debían ampliarla".
 
La Sala, sorprendida por las coacciones al instructor
 
La sentencia no deja lugar a dudas y llega a preguntarse, por ejemplo, por el cese del policía que se negó a practicar detenciones ilegales. La Sala se pregunta:
 
 
Y concluye destacando la ejemplar decisión del inspector pese a las coacciones. Nótense los signos de admiración empleados en la sentencia para destacar la conducta del policía.
El manuscrito de los escoltas, añadido por orden de Rodolfo Ruiz...
 
... a fin de ampliar su inicial comparecencia en los dos párrafos finales siguientes:
Dice la Sentencia que esos párrafos reseñados, "aumentaban cualitativa y cuantitativamente la violencia de la situación, hasta el punto de calificarla de violencia extrema, con intentos de agresión al ministro por parte de gran cantidad de personas y con manos, pies y objetos contundentes, lo que no respondía a la realidad constatada por los videos."
 
Manipulación, falsificación y destrucción de documentos
 
Tras las coacciones para hacer cambiar la realidad llegan las manipulaciones y falsificaciones documentales. Así lo relata la sentencia:
Hubo detenciones y fueron ilegales
 
El auto establece que es una "obviedad" que hubo detencioes porque "sólo son puestos en libertad a aquellos quienes se ha privado antes de la misma". Isidoro Barrio y Antonia de la Cruz fueron "detenidos tan pronto como comparecieron en la Brigada Provincial de Información, tal como resulta de la "ACTAS DE INFORMACIÓN DE DERECHOS AL DETENIDO". Y fueron puestos en libertad tal y como recogen las "DILIGENCIAS DE PUESTA EN LIBERTAD".
El auto califica de "aberración jurídica" la afirmación de los acusados de que se trato de una detención formal, no material "para salvaguardar mejor sus derechos y protegerlos jurídicamente como un plus de seguridad" porque "toda persona tiene un derecho fundamental a la libertad y a la seguridad".
La sentencia establece la ilegalidad de la detención y las califica de  "antijurídicas, detenciones de complacencia y detenciones mirando al tendido vulnerando el Estado de derecho".

Temas

Ver los comentarios Ocultar los comentarios

Portada

Suscríbete a nuestro boletín diario