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El juez Ferrín Calamita demanda al abogado de la querella que le inhabilitó

El juez Fernando Ferrín Calamita, condenado a más de dos años de inhabilitación por los retrasos en la adopción de una pareja de lesbianas, ha denunciado penalmente al abogado querellante en ese procedimiento por "coacción, tentativa de extorsión y obstrucción a la justicia".

L D (Europa Press) El magistrado Fernando Ferrín Calamita, que fue acusado por un supuesto retraso malicioso en el expediente de una mujer que quería conseguir la adopción de la hija biológica de su compañera sentimental, aseguró, en comunicado de prensa, que ha presentado en el Juzgado de Guardia de Murcia una denuncia penal contra el abogado querellante José Luis Mazón Costa "por delitos de coacciones, tentativa de extorsión y obstrucción a la justicia".

Esta denuncia, según explicó Ferrín Calamita a Europa Press, tiene relación con su actuación "extraprocesal" en el juicio seguido su persona, "exigiéndome que me fuera de Murcia y que le abonara dinero como conexión para retirar la querella, así como por influir en una parte para que se modificara la actuación procesal".

Tras lo que manifestó que "la denuncia, aunque en principio va contra Mazón, puede extenderse a más personas, evidentemente". Al tiempo que recordó que "en breve" presentará una querella contra el juez instructor, Manuel Abadía, y contra el gabinete psico-social "por elevar un informe sin haber examinado a la pareja de lesbianas, lo que supone una clara falsedad documental", explicó ya el pasado mes de diciembre.

Calamita fue condenado entonces por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público y la indemnización de 6.000 euros a la demandante por retardo "malicioso" a la adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica.

La querella contra el juez instructor de la causa respondía a "una prevaricación culposa y dos dolosas". Y es que, según explicó el pasado 23 de diciembre de 2008, Abadía "aceptó la causa a pesar de no apreciar indicio de delito para no contradecir a la Sala"; razón por la que se preguntó "dónde queda la independencia del instructor, porque posteriormente modificó la calificación jurídica sin practicar pruebas adicionales"

Por su parte, la defensa del juez, Javier Mª Pérez-Roldán, subrayó "lo curioso es que el juicio se abrió por prevaricación continuada y, sin embargo, finalmente la Sala ha decidido modificar la calificación y condenarle por un retardo que estima como malicioso". En realidad, el letrado argumentó entonces que "el retraso se produce porque el primer informe solicitado por el juez de Familia al equipo psico-social adscrito al juzgado nunca se realizó". Incluso, advirtió, "las propias lesbianas reconocieron que nunca fueron evaluadas por los profesionales del equipo".

El segundo informe solicitado por el juez a la Dirección General de Familia de Murcia "tampoco resultó satisfactorio, porque los psicólogos no quisieron manifestarse sobre cuestiones psicológicas tras haber sido aprobado el mal llamado matrimonio homosexual", sostuvo el letrado Pérez Roldán, quien recordó que "argumentaron que, en todo caso, la niña viviría con las dos 'madres' y que sería mejor que ambas gozaran de la patria potestad a efectos de una mayor protección jurídico-patrimonial de la niña".

"Sin embargo, no respondieron a la pregunta formulada por el juez, que no era otra sino evaluar el eventual impacto psicológico que para la niña tendría ser educada por dos madres", indicó el abogado defensor, tras lo que recordó que "el juez exigió a la Dirección General de Familia que propusiera prueba".

Por ello, consideró que "el retraso no se debe a una actitud maliciosa por parte del juez, sino a la ausencia de informes profesionales serios sobre la idoneidad de la adoptante". Al hilo, apuntó que "lo irónico de esta sentencia es que se condena al juez Ferrín Calamita por haber tenido el expediente seis meses parado, cuando la realidad en la justicia española es que los asuntos están mucho más tiempo sin que se realice actuación alguna sobre ellos".

Igualmente, criticó entonces que el TSJ de Murcia "ni siquiera dictara la sentencia de condena en el plazo que la ley establece, que son cinco días", por lo que se preguntó si "ha prevaricado por ello el TSJ".  

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