(Libertad Digital) El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ha explicado en La Mañana de la COPE que la resolución de Alfonso Guevara, Carlos Ollero y Santiago Pedraz "no sienta ningún precedente" y recordó que "no es una resolución del pleno, sino de un tribunal concreto". Eso sí, para no entrar en críticas al hecho de que en dicha sentencia se diga que los miembros de Jarrai, Segí y Haika no son terroristas porque "no utilizan armas", Bermúdez dijo que "el contenido de la sentencia lo tienen que explicar los autores".
El responsable de la Sala de lo Penal ha querido "tranquilizar a la opinión pública" y por ello hizo hincapié en que contra la sentencia de Guevara, Ollero y Pedraz "cabe recurso de casación y el Tribunal Supremo tiene la última palabra". "Las acciones o los delitos concretos por esas personas –los condenados por el macrojuicio contra Jarrai, Segi y Haika– están siendo juzgados en causas aparte", ha dicho el juez Gómez Bermúdez, que reiteró que "las resoluciones judiciales de esta casa (Audiencia Nacional) van en un sentido y eso no ha cambiado". En este sentido, explicó que los atentados contra cajeros por parte de las juventudes de ETA son "terrorismo callejero o juvenil", e incluso despreció el término vasco "kale borroka" (por significar "lucha" callejera).
Según explicó, la sentencia de los tres jueces "no puede decir que los actos son o no son terrorismo". "La sentencia podrá decir como hilo argumental decir lo que quiera, pero no implica que en lo sucesivo el quemar un cajero no sea un delito terrorista", apuntó mientras evitaba, una vez más, entrar a considerar las afirmaciones realizadas por los magistrados en la polémica sentencia: "Sobre las opiniones jurídicas concretas de cada magistrado tendrán que responder esos magistrados".
"Lo que no es cierto es que haya un salto en el vacío por el cual la Sala de lo Penal ha cambiado su doctrina general sobre los delitos de estragos terroristas", añadió el magistrado de la Audiencia que sí que reconoció que "esta sentencia en su argumentación parece contradecir la práctica habitual de la Sala de lo Penal". Javier Gómez Bermúdez señaló que "lo que contiene la sentencia es una argumentación afortunada o desafortunada", pero subrayó que "es una resolución aislada". "Sigue siendo un delito de terrorismo quemar un cajero o un autobús", sentenció el juez. Admitió que el hecho de que "la opinión pública esté espantada", aunque recordó que "el Estado de Derecho tiene mecanismos para corregir las resoluciones erróneas".
Horas después de esta entrevista, el fiscal de la Audiencia Nacional, Enrique Molina, ha presentado ante la sección cuarta de lo Penal del citado tribunal el escrito que anuncia la interposición de un recurso de casación, que resolverá el Tribunal Supremo, contra la sentencia del "caso Jarrai". Fuentes jurídicas indicaron que el recurso, que fue anunciado este martes, pero cuyos argumentos se concretarán más adelante por la fiscalía del Tribunal Supremo, se basará en que Jarrai, Haika y Segi, fueron creadas por ETA y tienen sus mismos fines, por lo que deben ser consideradas parte del complejo ETA-KAS-EKIN.