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El Constitucional permite que Vera se quede con una finca que el Supremo le obligó a desalojar

El Tribunal Constitucional suspende la ejecución de una sentencia del Supremo en la que se ordenaba al ex secretario de Estado de Seguridad, Rafael Vera, desalojar la finca 'La Berzosilla'. Ésta le fue decomisada cuando lo condenaron por desviar fondos reservados del Ministerio del Interior.

En un auto hecho público este miércoles el Tribunal Constitucional suspende la ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo en la que se ordenaba al ex secretario de Estado de Seguridad, Rafael Vera, y su familia desalojar la finca 'La Berzosilla', ubicada en la localidad madrileña de Torrelodones. La sentencia del Supremo se enmarcaba en la condena al ex dirigente socialista por el desvío de fondos reservados del Ministerio del Interior.

Vera había recurrido la decisión en varios ocasiones pero hasta el máximo intérprete de la Constitución nunca le había dado la razón. Ahora, el TC cambia su posición al respecto y alega que el desalojo del ex ministro "puede originar un perjuicio difícilmente reparable que aconseja optar por la suspensión de la ejecución" de la sentencia del Supremo.

Tras acudir en amparo al Constitucional contra la sentencia confirmada por el Supremo el 18 de octubre de 2004, Vera solicitó nuevamente el pasado 9 de octubre la suspensión de la ejecución de la condena. En esta última ocasión, el exdirigente socialista pidió que se le eximiera de la responsabilidad civil a la que fue condenado después de que el 8 de septiembre la Audiencia Provincial de Madrid autorizara el desalojo de la que, según el recurrente, es su vivienda habitual y la de su familia. Entonces, Vera alegó "que carece de otra vivienda alternativa donde ubicarse".

El Constitucional que a priori había negado esta solicitud por quedar "indemostrado” ese daño que “era en todo caso incierto y futuro" accede ahora a dejar en manos de Vera la finca 'La Berzosilla' mandó decomisar.

"Una consolidada doctrina constitucional"

Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía se han posicionado en contra de esta decisión. Sin embargo, la Sala Segunda del Constitucional argumenta que se suspende la ejecución de esa parte de la sentencia del Supremo basándose "en una consolidada doctrina constitucional".

Reza el auto que "la Administración podría efectivamente proceder al desalojo del recurrente de su domicilio permanente y habitual que comparte con su familia, con los consiguientes perjuicios difícilmente reparables que supone la privación de posesión de la citada vivienda". Además, dice el TC que aunque Vera no demuestra la imposibilidad de encontrar otra vivienda, esto no puede ser una causa para denegar su petición, ya que "el desalojo forzoso del recurrente del domicilio que ocupa desde hace más de veinte años supone un perjuicio difícilmente reparable en su integridad y, por tanto, suficiente para justificar la suspensión".

 La Audiencia Provincial de Madrid condenó a Rafael Vera en 2000 a siete años de cárcel y 18 de inhabilitación, así como al comiso y venta de las fincas a nombre de sus suegros para que fueran devueltos al Estado los más de 3,6 millones de euros sustraídos de los fondos reservados del Ministerio del Interior para su disfrute o para ser distribuidos entre otros altos cargos del mismo departamento, entre 1984 y 1993. El Supremo confirmó todos estos extremos.

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