El CGPJ pide explicaciones a Garzón por un viaje a Perú en 2007
Sorpresa en el CGPJ. Por primera vez, el órgano de los jueces ha decidido pedir explicaciones a Garzón por un viaje a Perú en 2007.
L D (Europa Press) La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este miércoles abrir diligencias informativas en relación con una queja presentada contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón -que impulsaron la querella contra este magistrado por cobrar durante su estancia por estudios en Nueva York-. En esta ocasión, los letrados denunciaron al juez por utilizar datos no correctos a la hora de pedir un permiso para viajar a Perú en 2007.
Según informaron fuentes del Consejo, y tras una larga deliberación, la comisión disciplinaria ha rechazado archivar de plano esta queja, tal y como proponían los Servicios de Inspección de este órgano, y se abren diligencias informativas con el objeto de pedir a Garzón que explique por escrito las circunstancias de su viaje a Perú.
En su queja, los denunciantes consideraban que el magistrado podría haber cometido una falta muy grave de "faltar a la verdad en la obtención de permisos y ayudas económicas" y solicitaron la apertura de un expediente disciplinario para que se investiguen y depuren posibles responsabilidades.
La denuncia reflejaba que Garzón pidió el permiso para acudir a Lima con ocasión del II Encuentro sobre Financiamiento del Terrorismo entre los días 8 y 14 de agosto de 2007. No obstante --decía el diario-- "el juez aprovechó para desplazarse al Amazonas donde estuvo pescando pirañas en el río Napo".
Los denunciantes consideran el juez mintió al señalar al CGPJ las fechas, ya que, dicen, el encuentro tuvo lugar en Lima entre el 6 y el 9 de agosto. Destacan además la existencia de un reportaje publicado por la revista peruana 'Caretas' en el que "consta que estuvo de vacaciones en la selva peruana". "Esas vacaciones selváticas lo fueron, según parece, con cargo a un permiso de otra naturaleza, no vacacional, por lo que pudo incurrir en la falta muy grave del artículo 417.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial", señalaba el escrito de los letrados.
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