L D (EFE) En los autos de prisión dictados hasta el momento, el magistrado dice que "hay que tener en cuenta que nos encontramos ante un tipo de delincuencia que no atiende a los parámetros de organización estructurada y jerárquica, sino que se aprovecha de los elementos de relación interna y de confianza basados en los vínculos de matiz religioso que fijan una estrecha relación entre sus componentes".
Del Olmo añade que una organización como la supuestamente responsable del 11-M "puede permanecer larvada el tiempo que se entienda necesario para lograr que las investigaciones judiciales y policiales sean ineficaces". Este tipo de delincuencia, señala, también tiene "la capacidad suficiente para trasladar fuera del contexto espacial donde se ha desarrollado la actividad delictiva a sus miembros o partícipes", en referencia a la movilidad de sus integrantes, que a menudo se trasladan de un país a otro.
Asegura asimismo que "se aprovecha de una serie de actividades económicas y de actividades delictivas aparentemente de escasa trascendencia para asegurar su actuación delictiva". El juez alude de este modo a las "empresas pertenecientes o integradas en dichas organizaciones, controladas por éstas y que facilitan el acceso a medios de comunicación de difícil control" como los locutorios y los establecimientos de venta de telefonía móvil.
Del Olmo añade que una organización como la supuestamente responsable del 11-M "puede permanecer larvada el tiempo que se entienda necesario para lograr que las investigaciones judiciales y policiales sean ineficaces". Este tipo de delincuencia, señala, también tiene "la capacidad suficiente para trasladar fuera del contexto espacial donde se ha desarrollado la actividad delictiva a sus miembros o partícipes", en referencia a la movilidad de sus integrantes, que a menudo se trasladan de un país a otro.
Asegura asimismo que "se aprovecha de una serie de actividades económicas y de actividades delictivas aparentemente de escasa trascendencia para asegurar su actuación delictiva". El juez alude de este modo a las "empresas pertenecientes o integradas en dichas organizaciones, controladas por éstas y que facilitan el acceso a medios de comunicación de difícil control" como los locutorios y los establecimientos de venta de telefonía móvil.
Trasiego de sospechosos
Además, habla de "un tipo de actividad aparentemente de baja intensidad pero que dificulta considerablemente su persecución", en referencia a la falsificación de documentos de identidad que facilita el traslado de un lugar a otro de los presuntos terroristas. Este trasiego de sospechosos, dice, "sólo se ve salvado por una cooperación eficaz entre las distintas policías estatales, con pérdida en ocasiones de eficacia al efectuarse su detección más allá de las fronteras donde se han producido los hechos delictivos".
Muchas de estas circunstancias concurren, por ejemplo, en Jamal Zougam, uno de los supuestos autores materiales de los atentados que fueron detenidos dos días después de los mismos y que ha sido reconocido por varios de los pasajeros de los trenes que estallaron el 11-M como una de las personas que fue vista "depositando una bolsa en uno de los trenes que finalmente resultaron dañados". Zougam, investigado en 2001 a petición de las autoridades francesas y cuyo teléfono fue intervenido hace nueve meses después de que Marruecos alertara de su posible conexión con los autores de los atentados de Casablanca perpetrados en mayo de 2003, regentaba varios negocios en el barrio madrileño de Lavapiés, entre ellos un locutorio telefónico.
La importancia de los móviles
En el auto de prisión dictado contra él el pasado 19 de marzo, el juez afirma que en el momento de su detención se le intervino un teléfono móvil que contenía una tarjeta Amena perteneciente a la partida de 30 entre las que también estaba la que fue localizada en el artefacto explosivo que no llegó a estallar y que fue recuperado del tren de la estación de cercanías de El Pozo.
El juez concluía en su resolución, en línea con lo expuesto sobre una de las características de los grupos terroristas islámicos, que "ha sido a través de dicha actividad del locutorio-telefonía móvil que se ha proporcionado un determinado número de tarjetas (...) destinadas presumiblemente a la comisión de los actos delictivos objeto de estas actuaciones".
En el auto de prisión dictado contra él el pasado 19 de marzo, el juez afirma que en el momento de su detención se le intervino un teléfono móvil que contenía una tarjeta Amena perteneciente a la partida de 30 entre las que también estaba la que fue localizada en el artefacto explosivo que no llegó a estallar y que fue recuperado del tren de la estación de cercanías de El Pozo.
El juez concluía en su resolución, en línea con lo expuesto sobre una de las características de los grupos terroristas islámicos, que "ha sido a través de dicha actividad del locutorio-telefonía móvil que se ha proporcionado un determinado número de tarjetas (...) destinadas presumiblemente a la comisión de los actos delictivos objeto de estas actuaciones".