L D (Europa Press) El juez Gregorio del Portillo García estima favorablemente en la sentencia 000362/2006 de 16 páginas, a la que ha tenido acceso Europa Press, el recurso contencioso-administrativo que interpuso Vecino contra la Convocatoria General de Provisión de Puestos de Trabajo en el Extranjero de funcionarios de la Carrera Diplomática que aprobó Exteriores para este año 2006.
Miguel Ángel Vecino es funcionario de la Carrera Diplomática desde septiembre de 1987 y entre 2002 y 2004 estuvo destinado en el puesto de consejero en la Embajada española de Ottawa (Canadá), donde presentó varias denuncias por una serie de irregularidades que a su juicio se estaban cometiendo en esta legación diplomática. El 31 de octubre de 2004 fue cesado de su puesto y pasó a ocupar en Madrid un puesto en la Subdirección General de Naciones Unidas dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Tras ello, realizó solicitudes para acceder a destinos en Belgrado y en la OSCE, siendo rechazadas por el Ministerio. Cuando en febrero de este año, el Departamento de Moratinos abrió el plazo de solicitudes para acceder a alguno de los puestos vacantes en el extranjero, Vecino presentó cinco posibles destinos y eligió, en primer lugar, la vacante para ser consejero ONU en Nueva York.
En abril de este año, la Junta de la Carrera Diplomática emitió la propuesta de adjudicación de puestos que días después fue respaldada por el Ministerio sin que apareciese este diplomático entre los elegidos. Las dos vacantes del puesto de consejero ONU en Nueva York recayeron en los diplomáticos Belén Alfaro y Alberto Antonio Virilla, ambos con menor antigüedad en la Carrera Diplomática y un currículum inferior que el afectado.
A raíz de ello, el demandante decidió impugnar la adjudicación de puestos argumentando que existía una "sanción encubierta" por sus actividades sindicales que desarrolló en Ottawa y, posteriormente, en Madrid. El juez estima ahora en la sentencia que la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos justifica además "la exigencia de una motivación suficiente respaldada en datos objetivos con los que ha de mantener una cierta coherencia lógica la decisión administrativa adoptada".
Asimismo, subraya que la discrecionalidad y arbitrariedad son "conceptos antagónicos" en casos como el que se analiza. "Las resoluciones, (*) que ni siquiera intentan dar una sola razón que pueda justificar la decisión que adoptan serían en todo caso, contrarias a derecho, por arbitrarias", estima.
Condena a Exteriores a destinarle "a uno de los referidos puestos"
En conclusión, reprocha al Departamento de Moratinos el que no haya respetado en la provisión de puestos los principios de mérito y capacidad. "No ha ofrecido explicación del porqué de su decisión y menos aun ha aportado indicio alguno que pudiera apuntar a la existencia de circunstancias objetivas que puedan justificarla", concluye.
El juez Del Portillo condena al Ministerio de Asuntos Exteriores "a destinar al demandante a uno de los referidos puestos, reconociéndole cuantos derechos favorables de dicha adjudicación se deriven" desde la fecha de publicación de los destinos en el extranjero de este año. En último término, recuerda que esta sentencia no es firme al caber contra ella recurso de apelación, por lo que concede al Departamento de Moratinos un plazo de quince días para que presente un escrito motivado si así lo estima oportuno.