L D (EFE) De hecho el artículo 7 de los estatutos del PP establece que la condición de diputado al Congreso o al Parlamento Europeo es incompatible con el desempeño de cargos de presidente o secretario general insular, provincial o regional del partido y con los de alcalde, presidente de Diputación, Consell o Cabildo Insular.
Este debate se produce a raíz de las manifestaciones que ha hecho reiteradamente el alcalde de Madrid mostrando su disposición a ir en las listas electorales acompañando a Mariano Rajoy.
Acebes evitó responder directamente y comentó que no se referirá a la elaboración de las listas electorales hasta que el partido ponga en marcha este proceso a través del Comité Electoral Nacional, que preside Javier Arenas, y que está previsto para enero.
Aseguró que el PP cumple "siempre" sus estatutos, que establece la incompatibilidad entre diputado al Congreso y alcalde, aunque admitió que el Comité Ejecutivo Nacional -órgano de gobierno y administración del partido entre Congresos en sus diferentes niveles territoriales- "puede establecer excepciones".
Concretamente, el artículo 7 de los Estatutos del PP dice literalmente:
- c) La condición de Diputado al Congreso o al Parlamento Europeo es incompatible con el desempeño de cargos de Presidente o Secretario General Insular, Provincial o Regional del Partido y con los de Alcalde, Presidente de Diputación Provincial, Consell o Cabildo Insular.
- 3.- El Comité Ejecutivo Nacional, por sí o por medio de la Comisión Delegada creada en su seno, velará por la aplicación del Régimen de Incompatibilidades que en este artículo se establece, y resolverá las cuestiones que puedan plantearse; adoptando, en su caso, la autorización de excepciones que, en supuestos extraordinarios, puedan demandar los intereses generales del Partido.