La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado las bases que regulaban las ayudas concedidas por el ayuntamiento vizcaíno de Durango para sufragar los gastos del viaje de familiares de presos de ETA hasta diferentes centros penitenciarios.
En una sentencia fechada el 26 de junio y hecha pública este miércoles, el Alto Tribunal acepta el recurso de casación que había interpuesto la Administración del Estado contra una sentencia anterior de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que posibilitaba la concesión de esas ayudas.
El alto tribunal vasco había desestimado, en una sentencia del 6 de junio de 2011, el recurso formulado por la Administración del Estado contra las bases aprobadas por el Ayuntamiento de Durango en noviembre de 2009, que regulaban "las ayudas individuales de transporte a familiares de personas en régimen penitenciario".
Sin embargo, el Supremo ha entendido que esas ayudas no se habían reflejado en un plan estratégico de subvenciones, como es obligatorio para que se detallen además las condiciones en que se otorgan y la forma de financiación de las mismas. En la sentencia se destaca que la propia legislación "alude a los objetivos de transparencia, eficacia y eficiencia, que debe presidir la gestión de subvenciones".
Además, la Sala considera que para distribuir esas subvenciones de transporte no se analiza "la situación de necesidad subjetiva" ya que "el fin de las mismas sería apoyar económicamente a los familiares de reclusos con independencia de su situación económica y, más concretamente, apoyar a los familiares de presos que cumplen condena por pertenencia a banda terrorista".
Asimismo, el Supremo aclara que "la Abogacía del Estado estaba y está legitimada para impugnar las bases objeto de recurso" y, por lo tanto, finalmente, acuerda que se anulen esas normas municipales.