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Madrid suprimirá el Defensor del Menor en julio como medida de ahorro

La proposición de ley será aprobada el 7 de junio y, previsiblemente, contará con los votos a favor de PP y UPyD.

La Asamblea de Madrid aprobará la supresión del Defensor del Menor en el Pleno del próximo 7 de junio, aunque la desaparición de facto de esta institución creada en 1995 se materializará el 1 de julio, como medida de ahorro para evitar recortes en otros servicios esenciales.

Ese fue el argumento que utilizó la presidenta madrileña, Esperanza Aguirre, cuando el pasado 14 de marzo habló por primera vez oficialmente de suprimir la institución del Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid y traspasar sus competencias, que reconoció "de enorme importancia", a la Fiscalía.

Dos meses después, la semana pasada, el PP registró en el parlamento autonómico una Proposición de Ley de Supresión del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid para su tramitación en lectura única ante el pleno de la Cámara.

La proposición de ley, que previsiblemente será aprobada con los votos a favor del PP y UPyD, consta de un único artículo que reza: "Queda suprimido el defensor del menor en la comunidad de Madrid"; y de ocho disposiciones, entre ellas una por la que "quedan suprimidos los puestos de trabajo adscritos" a dicha institución.

Según el texto, al que ha tenido acceso Efe, "los funcionarios de carrera de Cuerpos Generales de la Asamblea de Madrid destinados en el Defensor del Menor cesarán en sus puestos actuales mediante remoción por supresión del mismo".

Por su parte, "los funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos Específicos del Defensor del Menor -Especialistas del Defensor del Menor- se transferirán a la estructura de la Comunidad de Madrid, declarándoles, por ministerio de ley, en la situación administrativa de Servicio en otras Administraciones Públicas".

El resto de personal cesará el día de entrada en vigor de la Ley y la Mesa de la Asamblea realizará las actuaciones pertinentes para la extinción del Cuerpo de Especialistas del Defensor del Menor, Escala Superior y Ejecutiva.

Respecto a las competencias y funciones relacionadas con la promoción y divulgación de los derechos del menor, "se transfieren a la Consejería de Asuntos Sociales, Instituto del Menor y de la Familia, reforzando los servicios prestados por dicho instituto". Además, se remitirán al Defensor del Pueblo estatal las quejas que se encuentren en tramitación a la fecha de entrada en vigor de esta ley.

La Institución del Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid fue creada por el artículo 76 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid como Alto Comisionado de la Asamblea de Madrid para salvaguardar los derechos de los menores en la Comunidad de Madrid.

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