La nueva reforma laboral tendrá un guiño a las víctimas del terrorismo y a los amenazados o damnificados por este tipo de organizaciones criminales. Así lo anunció este miércoles el ministerio del Interior, que ha introducido varias enmiendas a la ley a través del grupo parlamentario popular en el Congreso.
El objetivo del departamento que dirige Jorge Fernández Díaz es que este colectivo tenga facilidades a la hora de incorporarse al mercado laboral y, consecuencia de ello, se pueda contribuir a facilitarles una mejor integración social.
Así, contratar a una víctima del terrorismo tendrá una bonificación para la empresas de entre 600 y 1.500 euros al año, lo que, debido a que este incentivo se puede prolongar por espacio de cuatro años, hará que las empresas que los contraten puedan bonificarse hasta 6.000 euros en un cuatrieno.
Estas bonificaciones le serán descontadas al empleador de las cotizaciones por el trabajador a la Seguridad Social y serán de 50 euros al mes (600 euros al año) en contratos temporales y de 125 euros al mes (1.500 euros anuales) si son indefinidos. En el caso de los contratos temporales, la bonificación permanecerá durante toda la vigencia del contrato.
Para poder llevar a cabo la medida, el Gobierno elaborará algunos cambios en el concepto de beneficiarios, para poder ampliar estos derechos a familiares de las víctimas del terrorismo, tales como cónyuge o pareja de hecho e hijos tanto de fallecidos como de heridos.
Asimismo, los damnificados y amenazados también tendrán, en el ámbito laboral, derecho a la movilidad geográfica y a la reducción de jornada. Para hacer efectivo el primero de estos cambios, los trabajadores que tengan la consideración de víctimas tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo. Asimismo, la compañía estará obligada a comunicar a los trabajadores las vacantes existentes.
El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrán una duración inicial de seis meses. Durante este periodo, la empresa estará obligada a reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaba el trabajador. Terminado este tiempo, la víctima del terrorismo podrá optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior o la continuidad en el nuevo. En este último caso, decaerá la mencionada obligación de reserva.
En lo que al segundo cambio se refiere, las víctimas tendrán derecho a la reducción de la jornada de trabajo –con disminución proporcional del salario- o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.