La Sección Primera de la Audiencia Nacional ha condenado a treinta años de cárcel al etarra Juan Ramón Carasatorre, alias Zapata, por el asesinato del teniente alcalde del Ayuntamiento de San Sebastián, Gregorio Ordóñez (PP), el 23 de enero de 1995.
La sentencia hecha pública este martes considera como probado que en torno a las 15:15 horas los etarras Carasatorre y Javier García Gaztelu alías Txapote –tras recibir instrucciones del miembro de ETA, Valentín Lasarte, encargado de los seguimientos al político cuyos horarios no eran fijos- entraron en el restaurante La Cepa, ubicado en la zona vieja de San Sebastián donde estaba almorzando el político.
Uno de ellos "dirigiéndose directamente a la mesa donde estaba sentado Gregorio Ordóñez y situándose detrás del mismo, a muy corta distancia con una pistola que portaba marca Browning HP-35n le disparó a la cabeza matándole. Mientras, el otro quedaba vigilante para facilitar la comisión del hecho y la huida", reza la resolución judicial.
Ese fatídico día, el concejal del PP compartía mesa con María San Gil, Enrique Villar e Iciar Urtasun. A posteriori, ninguno de los testigos fue capaz de reconocer la identidad del etarra que apretó el gatillo de forma que no se ha aclarado si fue Carasatorre o García Gaztelu.
Durante la celebración del juicio oral ni San Gil ni Villar fueron "capaces" de recordar la cara del etarra que disparó al concejal de su partido algo que ha impedido al tribunal precisar este dato. La sentencia, con ponencia del magistrado Javier Gómez Bermúdez, señala sobre este respecto que "Valentín Lasarte le dejó a uno de sus dos compinches, concretamente al que luego disparó sobre Gregorio Ordóñez, su chubasquero de color rojo, indicándoles que, tras ejecutar el hecho, no huyeran por la calle Treinta y uno de agosto sino por el callejón que da a la calle Plaza Nuevo".
Pese a ello, el tribunal considera culpable de este asesinato a Juan Ramón Carasatorre como autor de un delito de asesinato con el agravante de alevosía y le condena ahora a treinta años de prisión e inhabilitación absoluta, con la prohibición de volver a San Sebastián y al lugar de residencia de la familia de Ordóñez durante cinco años posteriores a su puesta en libertad.
Asimismo, la Audiencia condena al etarra a indemnizar al Estado con 500.000 euros y a los herederos del concejal del PP a 150.000 euros, su viuda Ana Iribar y su hijo.