Por primera vez, será el Pleno del Tribunal Constitucional, y no una de las salas que componen este órgano, la que decida sobre un recurso contencioso electoral de la Ley de Partidos.
La Sala Segunda del TC -presidida por el magistrado de corte "progresista" Eugeni Gay, y los jueces designados a propuesta del PSOE Elisa Pérez Vera y Luis Ignacio Ortega, y los magistrados nombrados por el PP, Francisco Hernando (ex presidente del Tribunal Supremo y el CGPJ), Ramón Rodríguez Arribas y Francisco Pérez de los Cobos han llegado a un empate sobre el recurso de Bildu por lo que la cuestión se lleva a Pleno.
De esta forma, el balance de fuerzas se desequilibra ya que la mayoría del jueces que componen el TC –siete de los once magistrados- son de corte progresista. Junto a los ya citados, nombrados a propuesta del PSOE están los jueces Adela Asúa, Pablo Pérez Tremps, Pascual Sala (presidente del órgano) y Manuel Aragón. Al bloque conservador se adhiere el magistrado Javier Delgado y los magistrados nombrados por el PP quedan en clara minoría en la sesión plenaria.
El Constitucional comienza ahora a estudiar de forma conjunta el recurso que Bildu presentó este miércoles contra la decisión del Tribunal Supremo de anular sus 254 candidaturas a las elecciones municipales y forales del País Vasco del próximo día 22. El TS señaló que dicha coalición es una estrategia de ETA para colarse en los comicios. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han presentado en las últimas 24 horas sus alegaciones en contra de que esta marca electoral pueda concurrir a las urnas.
Ambas instituciones han solicitado este jueves al garante de la Constitución que incluya como prueba contra Bildu el informe de la Guardia Civil, obtenido a raíz de un acta incautada en la operación practicada contra los abogados de ETA, donde consta que la reunión que mantuvieron EA y la banda terrorista en febrero de 2009. Dicho encuentro fue solicitado por la organización que ahora preside Peio Urizar y en el documento se constata que ambas partes estuvieron de acuerdo en llevar a cabo una estrategia electoral conjunta de acumulación de fuerzas de cara a las próximas elecciones.
La decisión final se conocerá antes de la medianoche que es cuando arranca la campaña electoral.
La resolución que sí se ha dado a conocer a estas horas es el amparo concedido por unanimidad por la Sala Segunda del Alto Tribunal a la agrupación electoral de Zalduondo. Según el TC, "no concurren en este caso, como inexcusables condiciones previas, las circunstancias que la jurisprudencia constitucional reitera, esto es, ante todo, la verificación, suficientemente acreditada, de una previa estrategia o designio o trama que ha de reconocerse o hacerse visible, después, en las concretas agrupaciones cuya no proclamación se pide". La sentencia "lamenta" que el Supremo no lo haya entendido así y considera que se ha utilizado una vía "improcedente" ya que "no ha quedado acreditado de manera objetiva trama o estrategia fraudulenta alguna" detrás de esta agrupación electoral.