El artículo que olvida Rubalcaba y que permite ilegalizar Bildu
Rubalcaba dice que no se puede ilegalizar la coalición de Bildu mientras Acebes cita a la Ley de Partidos para impedir que esté en las elecciones.
El ministro del Interior lleva semanas empeñado en intentar convencer que la ley no permite ilegalizar Bildu al ser una coalición electoral por lo que la actuación debería pasar por ir a por las listas electorales contaminadas.
Sin embargo, hace escasos días sus palabras tuvieron una contundente respuesta del que fuera su antecesor en el cargo en el Gobierno de Aznar. Ángel Acebes recordó la ley de partidos, de la que fue impulsor y aseguró que "si Batasuna, un partido ilegal, hace coalición con otro partido legal, esa coalición es fraudulenta y manifiestamente ilegal". El popular hacía estas declaraciones utilizando para ello el artículo 12 de la ley que permitió en su momento ilegalizar a Batasuna.
El artículo 12 de la Ley de Partidos habla de los "efectos de la disolución judicial". En el punto 1.b de este artículo aparece el aspecto clave que inspira las declaraciones de Acebes y que dejaría sin argumentos a Pérez Rubalcaba a la hora de ilegalizar Bildu.
El texto dice lo siguiente: "se presumirá fraudulenta y no procederá la creación de un nuevo partido político o la utilización de otro ya inscrito en el Registro que continúe o suceda la actividad de un partido declarado ilegal y disuelto".
Es decir, la utilización que hace Batasuna de EA y Alternatiba para poder presentarse a los comicios haría que esta coalición sería "fraudulenta" y no podría presentarse ya que continuaría la actividad de Batasuna, que además habría colocado a una buena parte de su gente en las listas.
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