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La Fiscalía de Sevilla pide expulsar de España al kurdo que tiró un zapato a Erdogan

La Fiscalía de Sevilla solicita la expulsión de territorio nacional de Hokman Joma, el kurdo de pasaporte sirio que fue detenido el pasado 22 de febrero por agentes del Cuerpo Nacional de Policía tras arrojar un zapato contra el primer ministro turco, Recip Tayip Erdogan, en la capital hispalense.

El Ministerio Público informó en un comunicado de que este viernes ha presentado escrito de acusación contra Hokman Joman en el que solicita tres años y ocho meses de prisión como autor de los presuntos delitos contra la comunidad internacional, atentado a la autoridad y de resistencia grave a los agentes de la autoridad, si bien propone "sustituir las penas privativas de libertad por la expulsión del territorio nacional del acusado".

La titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla ya denegó el pasado 3 de marzo la petición de libertad provisional solicitada por Hokman Joma debido a la "gravedad" de los hechos y ante el "elevado" riesgo de fuga existente, lo que motivó que la representación jurídica del imputado interpusiera un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, el cual está pendiente de resolución.

En este sentido, el Ministerio Público relata en su escrito de acusación que, sobre las 22,15 horas del día 22 de febrero de 2010, el acusado se encontraba en las proximidades de la Plaza Nueva de Sevilla, cuando se dirigió hacia la puerta del Ayuntamiento, donde en ese momento hacía acto de presencia Erdogan.

Según añade, una vez el encartado se situó próximo a dicha autoridad, se descalzó un zapato y, "con el ánimo de transgredir la integridad física de la misma, lo lanzó contra ésta, sin que llegara a alcanzarle, profiriendo a su vez palabras como 'Viva el Kurdistán', 'criminal' o 'asesino'".

Acto seguido, añade el fiscal, el acusado fue reducido por dos agentes de la Policía Nacional que formaban parte del operativo de seguridad, ofreciendo el mismo "una fuerte resistencia contra los agentes, forcejeando fuertemente con ellos sin llegar a causarles lesión".

Erdogan, persona "internacionalmente protegida"

El Ministerio Público recuerda que, tanto España como Turquía, han ratificado en fechas 8 de agosto de 1985 y 11 de junio de 1981, respectivamente, la Convención sobre la prevención y castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas de 14 de diciembre de 1973, por la cual se reconoce a la autoridad agredida en este caso el estatuto de "persona internacionalmente protegida".

Así, solicita para el imputado tres años de prisión y el pago de 1.500 euros por un presunto delito contra la comunidad internacional en relación con otro delito de atentado a la autoridad, así como ocho meses de cárcel por un delito de resistencia grave a los agentes del orden, mientras que se interesa, por aplicación de lo previsto en el artículo 89 del Código Penal, sustituir las penas privativas de libertad antes relacionadas por la expulsión del territorio nacional del acusado.

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