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INFORME: Comparación entre el Tratado de Niza y la propuesta de la Convención

El Tratado de Niza, negociado y firmado en el año 2000, sirvió para pactar el nuevo reparto de poder en la Unión Europea ante su inminente ampliación a 25 socios, e incluso dejó prevista la ampliación a 27 socios, cuando se incorporen Bulgaria y Rumanía.

(Libertad Digital) Tras duras negociaciones, España y Polonia lograron un buen acuerdo. España cedió poder en el Parlamento Europeo (pasó de tener 64 eurodiputados a una previsión de 54 en las próximas elecciones), pero consiguió, junto a Polonia, instalarse muy cerca de los "grandes" de Europa.
 
Así, Alemania, Francia, Reino Unido e Italia no serían los únicos países con capacidad para bloquear decisiones, una vez que consiguieran crear un grupo de pequeños Estados a su alrededor. Sin embargo, Niza no resolvió el funcionamiento de algunas instituciones, como la Comisión Europea (Ejecutivo). Aquel Tratado tampoco resolvió la redacción de la Constitución europea. Por este último motivo se organizó la Convención europea: para avanzar en la redacción de una Constitución para la Unión Europea ampliada a 25 socios, pero la misión de la Convención de ningún modo pasaba por reabrir lo ya pactado en Niza.
 
A tenor de los vaivenes de la política internacional en los últimos años, el eje franco-alemán, no contento con el peso creciente que había tomado España, decidió frenarlo. Para ello, Francia y Alemania colocaron como presidente de la Convención al ex presidente francés Valery Giscar D'Estaing, ferviente detractor de España. Sin que muchos se dieran cuenta, el francés, dentro de la Convención, decidió reabrir el debate de la cuota de poder para garantizar la hegemonía de los cuatro grandes, pero sobre todo a Francia y Alemania. Lo acordado en la Convención es lo que ahora se quiere imponer a España y Polonia, que insisten en que se mantenga lo ya pactado en Niza.
 
La propuesta de la Convención europea deja de lado el sistema ponderado de votos en el Consejo Europeo y propone uno alternativo de doble mayoría. La propuesta recoge que para obtener una mayoría cualificada en el Consejo debe ser apoyada por el 51 por ciento de los países y el 60 por ciento de la población (ver tabla de la población de países). España y Polonia consideran que con el 60 por ciento de la población salen perdiendo respecto a Niza y dejan el poder de decisión, prácticamente, en manos de los cuatro países grandes.
 

Reparto de poder en la UE según el Tratado de Niza

A
(Votos)
B
(Pobl.)
C
(%UE27)
D
(%UE25)
E
(PE)
F
(%PE)
Alemania 29 82,35 17,03 18,17 99 13,52
Reino Unido 29 59,74 12,36 13,18 78 10,66
Francia 29 59,19 12,24 13,06 78 10,66
Italia 29 57,76 11,95 12,75 78 10,66
España 27 40,26 8,33 8,89 54 7,38
Polonia 27 38,63 7,99 8,53 54 7,38
Rumanía 14 22,44 4,64 - - -
Holanda 13 16,04 3,32 3,54 27 3,69
Grecia 12 10,53 2,18 2,33 24 3,28
Portugal 12 10,29 2,13 2,27 24 3,28
Bélgica 12 10,28 2,13 2,27 24 3,28
R. Checa 12 10,26 2,12 2,27 24 3,28
Hungría 12 10,18 2,11 2,25 24 3,28
Suecia 10 8,89 1,84 1,96 19 2,60
Austria 10 8,13 1,68 1,79 18 2,46
Bulgaria 10 7,91 1,64 - - -
Eslovaquia 7 5,39 1,11 1,19 14 1,91
Dinamarca 7 5,35 1,11 1,18 14 1,91
Finlandia 7 5,18 1,07 1,14 14 1,91
Irlanda 7 3,85 0,80 0,85 13 1,78
Lituania 7 3,47 0,72 0,77 13 1,78
Letonia 4 2,35 0,49 0,12 9 1,23
Eslovenia 4 1,99 0,41 0,44 7 0,96
Estonia 4 1,37 0,28 0,30 6 0,82
Chipre 4 0,75 0,16 0,17 6 0,82
Luxemburgo 4 0,44 0,09 0,10 6 0,82
Malta 3 0,39 0,08 0,09 5 0,68
Total UE-27 345 483,5 100 100
Total UE-25 321 453,1 100 100 732 100

(A) Votos atribuidos a cada estado en el Tratado de Niza.
(B) Población del país en millones de habitantes (2000 ó 2001).
(C) Porcentaje de población del país respecto al total de la Unión ampliada incluyendo Bulgaria y Rumanía (UE27).
(D) Porcentaje de población del país respecto al total de la Unión ampliada sin Bulgaria ni Rumanía (UE25).
(E) Escaños atribuidos en el Parlamento Europeo (PE) según el Tratado de Niza.
(F) Porcentaje de escaños por país respecto al total de la UE25.
 
Niza: Mayoría calificada UE25           232 votos.
Niza: Mayoría calificada UE27           255 votos.
Niza: Minoría de bloqueo UE25           90 votos.
Niza: Minoría de bloqueo UE27           91 votos.
 
Fuente: Comisión Europea

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