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Las empresas podrán solicitar el dominio .eu a partir del próximo 7 de diciembre

La Comisión Europea ha anunciado que las empresas europeas con nombres registrados en Internet podrán a partir del 7 de diciembre –a través del consorcio privado EURid– registrar su nombre con el dominio .eu, que se ampliará posteriormente a ciudadanos privados. El dominio .eu se aplicará como un sufijo, es decir, que no sustituirá a los dominios nacionales como .es, .fr o .uk, sino que será complementario a ellos. La pregunta es si ocurrirá el mismo caos ocurrido el pasado martes 8 de noviembre cuando comenzó el plan de registro libre de dominios .es.

L D (EFE) En la conferencia de prensa en que anunció el lanzamiento, la comisaria europea de Información, Viviane Reding, indicó que "espero que el dominio .eu llegue a ser tan importante para las empresas europeas como .com." y señaló que este dominio dará a las compañías "una identidad corporativa" específicamente europea.
 
El próximo día 7, a las 10:00 GMT (11:00 en España), comenzará un período de transición de cuatro meses para que las empresas que tengan derechos previos soliciten el registro de sus nombres protegidos con el sufijo .eu, siempre que estén radicadas o tengan filiales en algún país de la UE. El registro se abrirá a los ciudadanos a partir del 7 de abril de 2006, que es cuando el conjunto del sistema estará totalmente operativo.
 
El control del registro estará en manos del consorcio privado sin ánimo de lucro EURid, seleccionado a través de un concurso público, y que tiene su sede en Bruselas. EURid tendrá una amplia red de más de 750 registradores en toda la UE, en un procedimiento que estará totalmente en manos privadas. Los diferentes registradores competirán entre sí para ofrecer los mejores servicios y precios a los clientes.
 
"La Comisión es de la opinión de que los Gobiernos deberían mantenerse a una distancia saludable del control de internet", afirmó Reding. La Comisaria señaló que el nuevo dominio dará "una dimensión europea" a empresas, instituciones, centros educativos o ciudadanos. Las solicitudes de dominio .eu se atenderán según el orden de presentación, de acuerdo con el principio del "primero en llegar, primero en ser atendido". Este principio genera algunas "injusticias", pero en conjunto "es el más justo" de todos los posibles, señaló un portavoz comunitario.
 
El período de transición de cuatro meses estará dividido en dos fases: en la primera, entre el 7 de diciembre y el 6 de febrero de 2006, el registro sólo estará abierto a los poseedores de derechos previos a nivel comunitario y nacional, así como a las instituciones públicas y las denominaciones geográficas. La segunda fase, entre el 7 de febrero y el 6 de abril próximos, permitirá el registro de nombres sujetos a otros tipos de derechos, según establezcan las leyes nacionales. A partir del 7 de abril, la apertura de los registros será total y el sistema comenzará a funcionar plenamente a nivel europeo. Los dueños de esos derechos previos dispondrán de 40 días para aportar pruebas de que los poseen.
 
Reding señaló que el período de transición permitirá garantizar la concesión del dominio a sus legítimos dueños, a fin de reducir el riesgo de "ciberocupas" que se apropien ilegalmente de dominios sobre los que no tienen derechos. En caso de disputas, habrá una procedimiento de resolución gestionado por un tribunal de arbitrio a nivel comunitario, con sede en Praga, aunque también se podrá recurrir a los tribunales nacionales.
 
El Ejecutivo comunitario empleó como ejemplo de indicaciones geográficas o de denominaciones de origen al vino de Rioja, al señalar que el Consejo Regulador de esa denominación tendrá un derecho previo para el registro "rioja.eu". También señaló que el alcalde de Madrid tendrá derecho previo al dominio madrid.eu o que la empresa de transporte urbano de Bruselas (STIB) disfrutará de preferencia sobre stib.eu. En otro ejemplo, el registro de apellidos familiares puede solicitarse durante la segunda fase del período de transición si tienen derechos en función de las distintas leyes nacionales.
 

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