(Libertad Digital) Sony había recurrido ante el Tribunal el reglamento de la Comisión Europea de julio de 2001 porque, según la compañía japonesa, la consola debía considerarse una "máquina automática para tratamiento de información", lo que le permitiría no pagar los derechos de aduana, según ha informado la agencia Efe.
El fabricante japonés argumentaba que por ser precisamente una "máquina automática para tratamiento de información" la PlayStation 2 puede procesar distintos tipos de archivos informatizados, entre los que figuran, en particular, los programas de vídeo juegos. La Comisión Europea, por su parte, clasificó la consola como "videojuego" porque considera que entre las diferentes funciones del aparato, que también lee CD audio y DVD, la de vídeo juego constituye la característica esencial.
El Tribunal de Primer Instancia ha considerado que la PlayStation 2 puede ser considerada una máquina automática para tratamiento de información y ha anulado el reglamento de la Comisión. Un portavoz comunitario ha recordado este martes que a partir de enero de 2004 los derechos de aduana que se aplican a los videojuegos (actualmente del 0,6 por ciento) descenderán a un 0 por ciento.